La ministra de la Corte Suprema, Ángela Vivanco, explicó los principales lineamientos del fallo que el Máximo Tribunal acogió para 12 recursos de protección presentados en contra de las alzas de planes anuales de salud, liderados por Consalud, Colmena, Cruz Blanca, Vida Tres, Banmédica y Nueva Masvida, donde se ordenó suspender las alzas anuales de 7,6% aplicadas por las empresas a sus planes base de salud.
Vivanco sostuvo que el fallo «abarca a todos los afiliados», esto, porque no es un alza que afecte a personas determinadas, si no, que es un alza general».
Es impropiamente decir que la normativa que en este momento rige, efectivamente permite hacer estos ajustes de plan que permiten un alza, pero hay dos elementos que hay que tener en cuenta, que es lo que justamente se ha revisado en el fallo”.
“La Superintendencia determina un tope, y luego que para determinar finalmente cuál es el reajuste que cada isapre va a tener, tiene que comunicarle a la Superintendencia si va a llegar a ese tope o menos que eso, pero tiene que fundamentar adecuadamente esa alza”.
“En consecuencia, lo que ha sucedido en estos fallos, es que hay una normativa que lo permite (subir planes), sin embargo, se ha estimado que no se han acompañado los documentos que justifican el alza, y en consecuencia, lo que se ha dicho, es que un alza que no cuenta con esa justificación, tiene que ser dejada sin efecto. Y en consecuencia, con la Superintendencia, tendrá que determinarse, los modos y tiempos, para efecto de que las isapres justifiquen las alzas que ellas mismas declararon”, explicó la jueza.
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