24 de noviembre 2024

AQUÍ Y AHORA

NOTICIAS

Con el acuerdo de la oposición para acusar constitucionalmente al Presidente Sebastián Piñera, desde el bloque esperan tener el documento listo el próximo miércoles, con sus diez firmas correspondientes.

¿Qué vienes después? 

En la próxima sesión de la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados, se da cuenta de la acusación, para luego proceder a elegir -a través de una tómbola- a los cinco parlamentarios que serán parte de la comisión revisora, la que no podrá estar integrada por los acusadores, ni por integrantes de la mesa. 

Así, se informa al Presidente Sebastián Piñera del libelo, quien no puede ausentarse del país sin permiso de la Cámara. «Dentro del décimo día de notificado, puede concurrir a la Comisión a hacer su defensa personalmente o presentarla por escrito. Si el afectado no asiste a la sesión que se le cite o no envía defensa escrita, se procederá sin su defensa», indica el Artículo 39 de la Ley Orgánica Constitucional. 

En los próximos seis días desde la fecha de la comparecencia del afectado y antes que la Cámara inicie el debate, «el afectado podrá deducir, de palabra o por escrito, la cuestión previa«, la que deberá ser zanjada por la mayoría de los parlamentarios presentes.

Si se acoge la cuestión previa, la acusación se entiende por no interpuesta, y si se rechaza, se deshecha la discusión sobre la improcedencia del libelo, por lo tanto continúa el procedimiento en Sala.

Una vez expuestas ambas partes en el pleno, se votará su admisibilidad. En caso de aprobarse, se conforma una comisión de tres diputados y el recurso pasa al Senado, para que este actúe como juez. 

En la Cámara Alta, la acusación se vota directo en sala con quórum de 2/3. De contar con los votos, el acusado es cesado de su puesto, en este caso como Presidente de la República, y suspendido por cinco años para ejercer un cargo público.