29 de noviembre 2024

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En general y particular fue despachado por la Sala, el proyecto que modifica diversos cuerpos legales para establecer la representación de género en los directorios de las empresas públicas.

La iniciativa tiene por objeto modernizar los directorios de las empresas del Estado y sociedades anónimas, consagrando la paridad de género en todos sus directorios mediante el establecimiento de cuotas obligatorias que, en cada caso se indica.

Cabe señalar que, en el caso de los directorios de las empresas que no pertenecen al Sistema de Empresas Públicas (SEP) y las del sector privado se acordó legislar en iniciativas por separado.

CONTENIDO DEL PROYECTO DE LEY

– Introduce cuotas de género, de manera que ningún sexo supere el 60% de la composición de los directorios de las siguientes empresas:

a) Empresas públicas creadas por ley, cuyos directores son designados por acuerdo del Consejo de la Corporación de Fomento de la Producción o de alguno de aquellos Comités creados por el Consejo y a los que se le haya expresamente esta función y

b) Sociedades en que el Estado tenga una participación superior al 50% del capital a través de la Corporación de Fomento de la Producción, y cuyos directores son designados por esta última a través del Comité Sistema de Empresas Públicas SEP, al que el Consejo de la Corporación delega expresamente esa función.

c) Dispone que, en los casos en que los directorios estén compuestos por 3 integrantes, las personas del mismo género no podrán exceder de 2.