El proyecto de Ley Fintec que busca regular el mercado de las empresas que prestan servicios financieros a través de medios tecnológicos e innovadores, fue aprobado en la sala de la Cámara de Diputados por 136 votos a favor.
Con este votación, el proyecto está en condiciones de convertirse en ley.
En la sesión, el ministro de Hacienda, Mario Marcel destacó que este proyecto sea parte del trabajo de continuidad entre el gobierno anterior y el actual. Además, respecto al contenido de la iniciativa sostuvo que «este es un proyecto que es pro competencia, más que en favor de una industria en particular», sostuvo el jefe de las finanzas públicas.
Sin embargo, con respecto a la protección de datos que incorpora esta ley, el académico Alfredo Bolt, doctor en Data Science e Ingeniero Civil de Industrial y académico de la Facultad de Ingenieria de la Universidad Finis Terrae, califica el tema como «sensible».
Plantea que «la ley fintech dice que los datos financieros son propiedad de las personas que los generan. Cada persona es dueña de su propia información financiera. La aplicación de esta protección de datos puede ser un poco difícil de aterrizar en la práctica porque no hay ninguna otra ley transversal que hable de datos a nivel general».
Por otra parte, la ley establece que el rol regulador de las Fintec corresponderá a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).
La aprobación de esta ley viene a entregar, entre otras cosas, una regulación clara a las empresas Fintec que se encuentran prestando servicios actualmente sin regulación, lo cual puede generar riesgos a inversionistas y clientes. Esta industria tiene el potencial de transformar positivamente la industria financiera aumentando la inclusión financiera e introduciendo mayor competencia. Las modificaciones aprobadas en el Congreso corresponden a:
I. Reforzamiento de deberes de protección de datos y prevención de lavado de activos. Expresado en el principio de proporcionalidad y calidad, y reforzando las sanciones en caso de vulneraciones a normas de protección de datos y lavado de activos, entre otras.
II. Reforzamiento de la regulación aplicable a empresas Fintec y simetría con legislación vigente. Se incorporó la obligación de que determinadas empresas Fintec informen de los saldos en custodia y transacciones intermediadas al Servicios de Impuestos Internos, con apoyo del gremio de empresas Fintec. Asimismo, se incluyó a empresas con un rol relevante en la inclusión financiera, como las cajas de Compensación.
III. Ajustes al Sistema de Finanzas Abiertas. Se reconoce que determinados modelos de negocios de pagos requerirán de regulación por parte del Banco Central, estableciendo un plazo máximo de 72 horas para su pago al comercio. Además, se precisaron los criterios a observar por parte de la CMF cuando fije los umbrales que permitan que el intercambio mandatado por los clientes sea gratuito.
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