Ante las repercusiones que ha tenido el homicidio de Ámbar Cornejo a manos de una persona que estaba gozando de libertad condicional tras cumplir sólo 11 años de una condena de 27 años por el asesinato de su ex pareja y su hijo, el presidente de la Comisión de Seguridad Ciudadana de la Cámara, diputado Miguel Ángel Calisto, anunció la presentación de un proyecto de ley para que las personas que hayan sido condenadas por homicidio simple no puedan acceder a beneficios carcelarios hasta cumplir al menos dos tercios de su condena.
El proyecto, que modifica el Decreto de Ley que establece libertad condicional para personas condenadas a penas privativas de libertad, además establece que el informe elaborado por gendarmería será vinculante, por lo que si un condenado quiere optar al beneficio, el informe tiene que ser favorable y no presentar reparos ante la posibilidad de reinserción del condenado, tal como sucedió en el caso del asesino de Ámbar, cuyo informe no recomendaba otorgarle libertad condicional el año 2015.
Según el legislador, “lamentablemente acá falló la justicia el año 2005, cuando a Hugo Bustamante se le condenó por homicidio simple y no calificado. Esto significó que el fiscal a cargo del caso no pudo acreditar alevosía, premeditación u otras circunstancias específicas. Desde ahí partimos mal, a lo que se le suma el criterio de la comisión de la Corte de Apelaciones de Valparaíso que lo dejó acceder a la libertad condicional a pesar de un informe de Gendarmería que no lo recomendaba”.
“Soy un convencido que un homicida de estas características no debe tener ningún tipo de beneficio carcelario. Sin embargo, el homicidio simple, que fue el delito por el cual se le condenó, tiene una tipificación tan amplia qué existen diversas hipótesis de mayor o menor intensidad que quedan incluidas en la misma figura. Por eso, estamos presentando este proyecto para que quienes sean condenados por homicidio simple, deban cumplir al menos con dos tercios de su condena y además contar con un informe de Gendarmería favorable para poder optar a la libertad condicional”, indicó.
Calisto agregó que “con esta modificación al código penal, una persona como el asesino de Ámbar no habría quedado en libertad a sólo 11 años de haber entrado a la cárcel. Tendría que haber cumplido al menos 18 años de su condena de 27”.
“Además, con este proyecto estamos estableciendo que el informe entregado por gendarmería tenga más peso al momento que un juez determina los beneficios carcelarios. Si gendarmería a través de sus peritos no recomienda la libertad condicional, entonces no hay acceso a este beneficio”, señaló.
Finalmente, el diputado Miguel Ángel Calisto señaló que “la muerte de Ámbar nuevamente deja al descubierto falencias en nuestro sistema penal. Esperamos lograr estos cambios para que hechos como éste no se repitan y el rol de los jueces se vea un poco más acotado al momento de decidir el acceso a la libertad condicional”.
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