Este jueves el Tribunal Oral en lo Penal de Angol dará lectura a la sentencia contra los ex carabineros y su abogado por el asesinato del comunero mapuche Camilo Catrillanca. En la indagatoria, siete ex miembros del GOPE fueron imputados de homicidio y un abogado formalizado por falsificación de pruebas y obstrucción a la investigación.
El Tribunal resolvió declarar culpable al ex GOPE Carlos Alarcón por homicidio simple consumado y homicidio simple frustrado. De esta forma, fue desechada la imputación de la figura penal de homicidio calificado.
Asimismo, el tribunal lo absolvió de los delitos de falsificación de instrumento público, homicidio simple tentado del adolescente de iniciales M.A.P.C., falsificación de instrumento público, obstrucción a la investigación, disparo injustificado y encubridor de los delitos de tortura y disparo injustificado.
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En la causa, además, el tribunal condenó al sargento de Carabineros dado de baja Raúl Evaristo Ávila Morales, como autor de apremios ilegítimos en contra del adolescente M.A.P.C.; disparo injustificado y obstrucción a la investigación; y veredicto absolutorio por infidelidad en la custodia de documentos, tortura en contra del adolescente M.A.P.C., homicidio simple tentado de Camilo Catrillanca, homicidio simple tentado del adolescente M.A.P.C., falsificación de instrumento público en concurso medial con el delito de obstrucción a la investigación, entre otros; y como encubridor del delito de disparo injustificado.
En tanto, el tribunal condenó a los carabineros dado de baja Patricio Alejandro Sepúlveda Muñoz por obstrucción a la investigación; Braulio Andrés Valenzuela Aránguiz de disparo injustificado y obstrucción a la investigación; Gonzalo Andrés Pérez Vargas por obstrucción a la investigación, decretándose su absolución de infidelidad en la custodia de documentos, falsificación de instrumento público en concurso medial con el delito de obstrucción a la investigación, y como encubridores de disparo injustificado, tortura, homicidio calificado y del delito frustrado de homicidio calificado de M.A.P.C.
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En el caso del coronel de Carabineros dado de baja Jorge Iván Contreras Figueroa, que a la época de los hechos se desempeñaba como jefe de la Prefectura de Fuerzas Especiales con asiento en Pailahueque (Ercilla), el tribunal dictó veredicto condenatorio en su contra, como autor de obstrucción a la investigación y veredicto absolutorio por falsificación de instrumento público, encubridor del delito frustrado de homicidio calificado del adolescente M.A.P.C., y encubridor de disparo injustificado, tortura y homicidio calificado, entre otros.
Asimismo, el tribunal dictó veredicto condenatorio en contra del mayor de Carabineros dado de baja Manuel Antonio Valdivieso Terán, que a la época de los hechos ejercía en cargo de jefe del GOPE Araucanía, como autor solo de obstrucción a la investigación.
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Finalmente, el abogado Cristián Eduardo Inostroza Quiñiñir, que a la época de los hechos se desempeñaba como asesor jurídico de la Prefectura de FFEE de la Zona de Control de Orden Público Araucanía, el tribunal dictó veredicto condenatorio en su contra, como autor de obstrucción a la investigación.
La audiencia de lectura de la sentencia –que será redactada por el magistrado Boero Villagrán– quedó programada para las 11 horas del próximo jueves 28 de enero.
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