Agencia Uno
El 4° Tribunal Oral en lo Penal de Santiago absolvió al exteniente coronel de Carabineros Claudio Crespo, acusado como autor de apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves gravísimas en el caso de Gustavo Gatica, quien perdió la visión durante una manifestación del estallido social en noviembre de 2019. El tribunal concluyó que no se acreditó su autoría en los disparos que provocaron la ceguera de la víctima y que su actuar se enmarcó en un contexto de legítima defensa.
En la audiencia de veredicto, la jueza Cristina Cabello descartó que los hechos pudieran ser calificados como tortura, precisando que el tipo penal aplicable -de haber existido responsabilidad- corresponde a apremios ilegítimos u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes. La magistrada explicó que “lo que distingue al apremio ilegítimo de la tortura es la ausencia de un fin específico, como obtener información, castigar o intimidar”, descartando así una calificación más gravosa.
Respecto a las pruebas rendidas en el juicio, el tribunal sostuvo que no fue suficiente para establecer que Crespo efectuó los disparos que lesionaron a Gatica. En particular, se indicó que las pericias balísticas permiten concluir que la trayectoria de los proyectiles podría provenir desde el sector derecho de la víctima, y no necesariamente desde la posición en que se encontraba el exuniformado. Además, la sentencia advirtió la existencia de un “sesgo informativo en la investigación”, lo que debilitó la tesis acusatoria.
Previo a la lectura del veredicto, el exterior del tribunal estuvo marcado por la presencia de adherentes y parlamentarios que respaldaron a Crespo, quienes celebraron tras conocerse la absolución.





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