La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó este viernes el recurso de protección presentado en contra del Ministerio Público y el Consejo de Defensa del Estado (CDE), por el vaciado de teléfono celular del abogado Luis Hermosilla, indagado en el marco de la investigación por delitos de corrupción.
Recordemos que la acción fue presentada por el abogado Mario Vargas Cociña, con la que buscaba evitar el vaciado del contenido del teléfono celular de Hermosilla y los chats en este.
En fallo dividido, la Séptima Sala del tribunal de alzada estableció que el recurso de protección no es la vía idónea para controlar la investigación del Ministerio Público y que el tercero afectado debe recurrir a la tramitación ordinaria de causas penales si se considera afectado por la investigación.
El fallo establece que «si en tales conversaciones están aquellas del recurrente, pues estas no deben ni pueden ser objeto de divulgación, salvo que, obviamente, se relacionen con el hecho investigado, mas este tribunal de alzada no puede dirigir la investigación del ente persecutor, que es autónomo, y será esta institución la que cuidará, en su labor investigativa, de no revelar, ni a intervinientes ni a terceros, transcripciones de intercambios de mensajes que nada tienen que ver con la tantas veces mencionada investigación».
«Cuidando los derechos constitucionales referidos, el MP cumple con la orden dada en el artículo 3° de la ley 19.640: ‘En el ejercicio de su función, los fiscales del Ministerio Público adecuarán sus actos un criterio objetivo, velando únicamente por la correcta aplicación de la ley», agrega.
La decisión se acordó con el voto en contra de la ministra María Loreto Gutiérrez Alvear.
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