9 de enero 2025

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Este lunes la comisión de Forma de Estado de la Convención inició la votación en particular de normas constitucionales, instancia en la que aprobó un artículo que consagra a Chile como un Estado regional, plurinacional e intercultural.

El articulo especifica que «Chile es un Estado Regional, plurinacional e intercultural conformado por entidades territoriales autónomas, en un marco de equidad y solidaridad entre todas ellas, preservando la unidad e integridad del Estado«.

En tanto, la indicación fue aprobada con 18 votos a favor6 en contra y ninguna abstención. Este es uno de los 73 artículos y casi 730 indicaciones que deberían votarse hoy (7).

Así, se rechazó una indicación realizada por miembros de Vamos por Chile, que buscaba declarar a Chile como Estado Unitario. «El Estado de Chile es único e indivisible, y es una República democrática», señalaba el articulado que solo consiguió 6 votos a favor y 18 en contra.

Como parte del artículo, se aprobó además un inciso que señala que «el Estado promoverá la cooperación, la integración armónica y el desarrollo adecuado y justo entre las diversas entidades territoriales«.

En tanto, se aprobó como parte de otro artículo sobre las Entidades Territoriales, un inciso que establece que «el Estado se organiza territorialmente en regiones autónomascomunas autónomasterritorios insularesautonomías territoriales indígenas y territorios especiales«.

Otro artículo aprobado relacionado con el territorio chileno, consigna que «Chile, en su diversidad geográfica, natural, histórica y cultural, forma un territorio único e indivisible«.

Jeniffer Mella, coordinadora de la comisión de Forma de Estado, expresó estar feliz «de que se va configurando y tomando forma este Estado regional autonómico, donde se reconocen como entidades autónomas las regioneslas autonomías territoriales indígenas y las comunas«.

Es importante señalar que todos los artículos que sean aprobados en particular en la comisión pasarán al Pleno de la Convención –donde deberían estar los 154 convencionales–, en donde deberán ser aprobados con un quorum de 2/3.