24 de noviembre 2024

AQUÍ Y AHORA

NOTICIAS

Este viernes el pleno de la Convención se encuentra analizando las normas planteadas en la segunda propuesta de la comisión de Sistema Político.

Una jornada clave, ya que, con estos puntos, se definirá la estructura del poder legislativo, sumado a la democracia paritaria, pluralismo político y creación de leyes.

Las aristas más debatidas en el hemiciclo, corresponden al articulo 28 sobre las atribuciones de la Cámara de las Regiones, esto, luego de que algunos sectores expresaron no estar convencidos sobre su capacidad de generar un contrapeso a la Cámara de Diputadas y Diputados.

Sin embargo, la norma fue aprobada por 111 votos a favor, 26 en contra y 13 abstenciones. Esta apunta que “solo son leyes de acuerdo regional las que formen la Constitución; las que regulen la organización, atribuciones y funcionamiento de los Sistemas de Justicia, del Poder Legislativo, y de los órganos autónomos constitucionales”.

Asimismo, agrega que  “a las que creen, modifiquen o supriman tributos o exenciones y determinen su progresión y proporcionalidad; las que directamente irroguen al Estado gastos cuya ejecución corresponda a las entidades territoriales; las que implementen el derecho a la salud, derecho a la educación y derecho a la vivienda; la de Presupuestos; las que aprueben el Estatuto Regional; las que regulen la elección, designación, competencias, atribuciones y procedimientos de los órganos y autoridades de las entidades territoriales; las que establezcan o alteren la división político-administrativa del país; entre otras”.

Respecto al inciso segundo que sugiere que “si se generare un conflicto de competencia entre la Cámara de las Regiones y el Congreso de Diputadas y Diputados con relación a si una o más materias dispuestas en este artículo deben ser revisadas por la Cámara de las Regiones, esta aprobará su competencia por mayoría simple de sus miembros y el Congreso lo ratificará por mayoría simple. En caso que el Congreso rechace la revisión aprobada por la Cámara de las Regiones, ésta podrá recurrir a la Corte Constitucional por acuerdo de mayoría simple”, este también fue aprobado por 114  votos a favor, 22 en contra y 9 abstenciones

En cuanto al Congreso de Diputadas y Diputados se aprobó el artículo que lo define como “un órgano deliberativo, paritario y plurinacional que representa al pueblo”, el cual estará “integrado por número no inferior a 155 miembros electos en votación directa por distritos electorales”.