25 de abril 2024

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La Corte Suprema confirmó la condena contra el ex alcade de Providencia, Cristián Labbé, por el caso de torturas contra Harry Cohen en Panguipulli durante la dictadura militar en 1973, al rechazar el recurso de casación interpuesto por su defensa.

La condena contra el ex militante de la Unión Demócrata Independiente (UDI) es por los hechos de «detención ilegal, aplicación de tormento y secuestro con grave daño» contra Cohen.

Sin embargo, el fallo del máximo tribunal señaló que «se sustituirá la pena privativa de libertad impuesta al condenado Labbé Galilea por la de remisión condicional de la pena».

El documento apunta que, en particular, la Convención Americana de Derechos Humanos, «no prohíbe el otorgamiento de beneficios alternativos o penas sustitutivas al cumplimiento de penas privativas de libertad a los condenados por delitos de lesa humanidad».

En ese sentido, y señalando que «sin desconocer la gravedad de los hechos imputados (…) no puede pasarse por alto la naturaleza y característica de la participación atribuida en esos hechos, así como su edad -superados los 70 años-«.

Esa es así como el fallo argumenta que la Convención Interamericana sobre la protección de los derechos humanos de las personas mayores fue aprobado por el Congreso chileno en 2017 y la sentencia de Labbé fue dictada en 2020.

Por tanto, para la Corte Suprema «los tribunales nacionales tienen el deber de interpelar y aplicar las disposiciones legales del ámbito interno de modo coherente al respecto y promoción de los derechos que consagra la mencionada Convención».

Finalmente, cita el Preámbulo de la Convención que señala «el valor de la solidaridad y complementariedad de la cooperación internacional y regional para promover los derechos humanos y las libertades fundamentales de las persona mayor».