- Acorde al fallo del tribunal, dicha información se mantiene publicada en el sitio web de la SP a partir de un informe diario.
En los pronunciamientos (roles Nº 189, 213 Y 214-2020) se estableció que la “información diaria aparece en el sitio web de la Superintendencia, la que permite acceder a los estados financieros de las AFP a través del “informe diario”, que estas administradoras remiten a dicho órgano fiscalizador, formando parte del mismo las notas explicativas que refieren a la cartera de inversión”, lo que refrendaría el carácter público del reporte.
Asimismo, el tribunal de alzada afirmó que la afectación de derechos comerciales o económicos a los que aludieron las AFP, no sólo de las empresas sino también de los afiliados, como causal de reserva de la información “requiere la acreditación de la producción efectiva del daño que se denuncia”.
Respecto de la información, el fallo estableció que “no tendría la capacidad de afectar la cotización de los valores ya emitidos, así como tampoco, podría otorgar ventajas a quienes en razón de su cargo, han tenido participación en la información de las inversiones por tratarse de operaciones pasadas”.
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