2 de mayo 2024

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La Corte de Apelaciones de Santiago declaró inadmisible el recurso de protección que fue presentado este jueves por el abogado Mario Vargas, con la que buscaba que el Consejo de Defensa del Estado (CDE), no pudiera acceder a las conversaciones registradas del teléfono del abogado Luis Hermosilla.

Recordemos que Vargas presentó el recurso, a título personal, fundamentando que entre las 777 mil páginas de chats transcritos «tengo múltiples conversaciones con el abogado Luis Hermosilla desde hace años, las que tienen diverso contenido, y que van desde cuestiones absolutamente personales, intercambio de opiniones, hasta las situaciones de algunos clientes que defendimos de forma conjunta, las que no tienen relación alguna con los hechos investigados, sino que se insertan dentro de mi ámbito privado y el acceso a otras conversaciones importa una infracción al secreto profesional».

Ahora, el tribunal de alzada falló de forma unánime y declaró inadmisible el recurso tras establecer que no existe derecho en riesgo, argumentando que el mismo Vargas indicó que existe «posibilidad o eventualidad» de verse afectado en sus derechos fundamentales.

En ese sentido, el fallo señala que «que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando este ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, dejando a salvo las demás acciones legales».