24 de noviembre 2024

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Las y los consumidores que compren desde esta hoy (24), podrán exigir durante los seis primeros meses desde la recepción del producto: el cambio, la reparación o la devolución del dinero si un producto comprado nuevo, sale defectuoso. Ello, sin perjuicio de la indemnización que pudiera solicitar un consumidor por los daños ocasionados.

Algunos productos como los electrodomésticos, pueden requerir de una revisión por parte del servicio técnico para verificar el origen de la falla, pero cumplido ese trámite, los consumidores tienen derecho al cambio, la reparación o la devolución de lo pagado, a su elección. Es importante señalar que mientras el proveedor realiza esta revisión el plazo para ejercer el derecho de garantía se encuentra suspendido.

Además, la nueva ley establece que las empresas no podrán ofrecer a los consumidores la contratación de servicios, productos o pólizas cuya cobertura corresponda a las obligaciones propias de la garantía legal o afecte su plazo y opciones.

Por tanto, con la nueva Ley, las empresas no pueden cobrar por los derechos propios de la garantía, ni establecer restricciones al ejercicio de los seis meses de garantía legal, argumentando que existe una garantía voluntaria.

Reclamos

Los problemas derivados del ejercicio al derecho a la garantía es uno de los motivos por los cuales los consumidores más reclaman ante el SERNAC. De hecho, durante el año 2021, el organismo recibió 37.530 reclamos, mientras que en lo que va de este 2022, ya suma más de 11.100 casos.

Los problemas más habituales se refieren a la negativa por parte de las empresas a devolver el dinero, seguido por no realizar el cambio del producto, y no cumplir con los términos de la garantía voluntaria.

Otros derechos

Recordemos además que la reforma a la ley estableció que las empresas deberán informar la vida útil de los productos durables. Por ejemplo, si una persona quiere comprar un refrigerador, antes de hacerlo, deberá ser informada que con un uso normal el aparato le durará cinco o diez años. Este derecho entrará en vigencia el próximo 24 de agosto de 2022.

También esta normativa estableció como obligatorio el derecho a retracto en compras electrónicas, telefónicas o por catálogos, dando la posibilidad de arrepentirse de la compra en 10 días desde recibido el producto, disposición ya se encuentra vigente desde el 24 de diciembre pasado.

La reforma también incluyó otros nuevos derechos para los consumidores en otros ámbitos del consumo, por ejemplo, al momento de comprar un auto, estableciendo la libre elección de servicios técnicos en las mantenciones o la obligación de parte de las automotoras a entregar un auto a las personas mientras el vehículo se encuentra en reparación por más de cinco días hábiles. Estos derechos entran en vigencia a partir del próximo 24 de abril.

También estableció nuevos derechos de los pasajeros de aviónnuevos estándares en la protección de datos personalesnuevas obligaciones en el mercado financiero; entre otros aspectos. Esta información está disponible en el Especial Reforma Ley del Consumidor.