El diputado Tomás Lagomarsino (Partido Radical) comentó que «era de esperarse» que la Corte Suprema rechazara el recurso de aclaración y de ampliación del plazo para la implementación del fallo por los cobros de primas GES.
«Yo, primero que todo, me pregunto cómo los integrantes de la comisión técnica de Salud del Senado creyeron siquiera que la Corte Suprema iba a aceptar el mecanismo de mutualización y de eliminación retrospectiva de los excedentes que burla su fallo, si tenemos un tribunal, el máximo órgano judicial de nuestro país, que se ha mantenido firme, y que es lo que corresponde, en sus distintas sentencias y fallos referentes al tema de Isapres. Dos de los cuales están pendientes de ejecución: Uno de tabla de factores de riesgo y, el segundo, que recientemente se pronunció, que es de primas GES» expresó el parlamentario de la Comisión de Salud de la Cámara.
En ese contexto, afirmó que «vi declaraciones muy fuertes de integrantes de las Isapres, indicando que si este fallo se tenía que ejecutar, que es lo que ha corroborado la Corte Suprema, ellas, o al menos un grupo de ellas, quebrarían en un plazo de tres meses».
En ese sentido, dijo, «y considerando lo lento que ha avanzado el proyecto de ley corta de Isapres del Gobierno, y que estamos contra el tiempo -ya vamos a tener un año y medio, 18 meses, a 3 millones de afiliados en incertidumbre y a prestadores también- es que yo llamaría a que el Gobierno mirara el proyecto de ley que presenté en el mes de enero de este año, a pocas semanas después del fallo por la tabla de factores de riesgos de la Corte Suprema y mientras el Ministerio de Salud estaba durmiendo y no sé en qué mundo estaba viviendo que no estaba preocupado de este tema tan relevante».
Dicho proyecto de ley, explica «crea un régimen especial, coloquialmente llamado letra E, dentro del fondo de salud aunque podría ser en otra entidad, que permita recibir a los afiliados de alguna Isapre que quiebre, buscando que se mantengan y respeten las obligaciones contractuales, extracontractuales y emanadas de fallos judiciales con respecto a los afiliados. Es decir, proteger a los afiliados y dar continuidad en la atención».
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