20 de abril 2024

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“Tengo la plena convicción de la inocencia de Jorge”. Fue la frase con que el Presidente Gabriel Boric “justificó” el indulto que concedió al exfrentista Jorge Mateluna el último viernes del año 2022. Frase que además provocó una dura respuesta de la Corte Suprema que en un contundente comunicado afirmó “que la facultad de conocer de las causas pertenece a los tribunales” y que “ni el Presidente ni el Congreso pueden, en caso alguno, ejercer funciones judiciales, avocarse a causas pendientes, revisar los fundamentos o contenidos de sus resoluciones o hacer revivir procesos fenecidos”.

Lo cierto es que la facultad del indulto presidencial que aplicó Boric la semana pasada, lo hizo sobre un exfrentista que ya en 2004 fue beneficiado con la misma medida por Ricardo Lagos, y otros doce condenados en el marco del estallido social de 2019. Algunos de ellos, incluso, con historial delictivo y en ningún caso político como quisieron hacerse ver.

Todo esto llevó al diputado José Miguel Castro y a otros nueve parlamentarios de Renovación Nacional, a presentar un proyecto de Reforma Constitucional que “suprime la facultad presidencial de conceder indulto particular”.

El parlamentario por Antofagasta, explicó que el proyecto busca terminar con los excesos “que puede ocasionar el ejercicio de esta atribución”. Añadiendo que “el ejercicio abusivo de esta herramienta no solo es contraria a los valores de una sociedad democrática, sino que es ofensiva para las miles de víctimas del delito que ven cómo sus agresores alcanzan la libertad luego de años de transitar el martirio de la revictimización”.

Expresó así mismo, que confía que “este proyecto sea bien recibido por el bien de las víctimas y la seguridad ciudadana, y comencemos un camino que pone a los delincuentes en el sitio que les corresponde, que es la cárcel”.

El documento inicia señalando que la facultad es “entregada al arbitrio del Presidente de la República”. Apuntando que es una atribución que “podríamos considerar como discrecionales en cuanto la ley no fija aquellos mandatos de los cuales el Presidente deberá sujetarse para conceder o denegar un indulto particular”.

En el proyecto presentado por los diputados de RN, se precisa que “el ejercicio de esta atribución constitucional ha estado enjuiciado en los últimos años y ha sido criticado por la amplitud con que se accede a indultar, relegando a un segundo plano un avance civilizatorio tan relevante como es la separación de poderes”. Agregando que la medida que benefició a trece condenados, es muestra clara de los excesos que puede generar esta atribución, beneficiando a una persona (como Mateluna) que fue “previamente indultada y cuyo proceso fue incluso revisado por la Corte Suprema, al haberse aducido nuevos antecedentes en un recurso extraordinario de revisión que fue desechado por el máximo tribunal de la República”.

Concretamente, los diputados RN hacen ver que “el ejercicio abusivo de esta herramienta”, y en especial en este caso que favoreció a condenados por delitos cometidos en el marco del estallido social, se traduce en “una ofensa a miles de víctimas del delito que ven cómo sus agresores alcanzan la libertad”.

El proyecto, que además de Castro fue firmado por Frank Sauerbaum, María Luisa Cordero, Camila Flores, Carla Morales, Sofía Cid, Catalina del Real, Eduardo Durán, Paula Labra y Marcia Raphael, consta de un artículo único que suprime del inciso final del artículo 9 la expresión “y no procederá respecto de ellos el indulto particular, salvo para conmutar la pena de muerte por la de presidio perpetuo”.