22 de noviembre 2024

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La Comisión de Constitución inició la votación en particular del proyecto, originado en moción, que modifica el Código Penal y el Código de Procedimiento Penal para tipificar el delito de sustracción de madera y habilitar el uso de técnicas especiales de investigación para su persecución, texto que se encuentra con urgencia de discusión inmediata (seis días para el trámite).

La iniciativa, cuya idea de legislar fue aprobada en abril pasado en la instancia, establece una normativa de trazabilidad del producto para fiscalizar desde su origen, transporte, venta y faena, definiendo, además, a la Conaf como organismo encargado.

Para el debate de esta iniciativa, se contó con la presencia del diputado Miguel Mellado (RN), principal autor de la iniciativa, y con la postura del jefe de asesores legislativos del Ministerio del Interior, Juan Ignacio Gómez, quien remarcó la necesidad de avanzar en una regulación en la materia.

Indicaciones aprobadas

En la ocasión, las y los parlamentarios aprobaron una indicación del Ejecutivo que especifica que las sanciones se aplicarán apara aquellos que roben, hurten troncos o trozas de madera, reemplazando el texto original que solo aplicaba para “madera en troza”.

De esta manera, el texto detalla que el que robe o hurte troncos o trozas de madera comete substracción de madera y será sancionado con las penas referidas al robo con violencia o intimidación a las personas, fuerza en las cosas y hurto.

Cuando la madera substraída tenga un valor que exceda las cinco unidades tributarias mensuales, se aplicará la sanción accesoria de multa de 75 a 100 unidades tributarias mensuales.

Además, se define que los vehículos motorizados o de otra clase, las herramientas y los instrumentos utilizados en la comisión del delito, caerán en comiso.

Adicionalmente, se aprobó que se castigará como autor de substracción de madera a aquel en cuyo poder se encuentren troncos o trozas de madera, cuando no pueda justificar su adquisición o legítima tenencia y, del mismo modo, al que sea habido en predio ajeno, en faenas destinadas a la tala de árboles.

A lo anterior, se suma una norma promovida por el diputado Jorge Alessandri (UDI) que sancionan con la pena de presidio menor en sus grados medio a máximo (desde 541 días a 5 años) a quien falsifique o maliciosamente haga uso de certificados falsos para obtener guías o formularios con miras a trasladar o comercializar madera de manera ilícita.

También, aprobaron cambios adecuatorios que extienden sanciones a los delitos de abigeato y de sustracción de madera.