4 de mayo 2024

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Prohibir la pesca de arrastre de la merluza común como norma general para el territorio marítimo nacional era la finalidad del proyecto de ley rechazado hoy por la Cámara de Diputadas y Diputadas y enviado ahora archivo.

La propuesta, iniciada en mociones refundidas, fue aprobada en general el pasado 17 de marzo, ocasión en que fue objeto de variadas indicaciones que obligaron a una nueva revisión por parte de la Comisión de Pesca cuyos acuerdos se presentaron en su nuevo informe, rendido por el diputado Alexis Sepúlveda (PR).

El texto, modificaba la Ley 18.892, General de Pesca y Acuicultura, prohibiendo de manera expresa la “extracción de la especie merluccius gayi gayio, merluza común, con el arte de pesca comprendido como ‘arrastre’, ya sea de media agua o de fondo”.

Además, agregaba que podía ser utilizado este arte de pesca, “única y exclusivamente en los polígonos que definen las actuales huellas de pesca proyectadas y definidas por la autoridad pesquera respectiva”.

Este último punto fue precisado luego en la Comisión de Pesca, lo que generó un ánimo adverso que impidió alcanzar el quórum mínimo de aprobación del texto en su conjunto (se obtuvieron 74 votos favorables y se requerían 78).

Dicha norma establecía que “la huella del arrastre no operará entre las costas y las 30 millas marinas, las que se medirán desde las líneas de base normales, dentro del espacio comprendido entre el límite norte de la República hasta el paralelo 56° de latitud sur, al límite de la región de Magallanes, abarcando, de igual forma, las islas, su alrededor y las aguas interiores del país”.