El 13° Juzgado de Garantía de Santiago acogió la solicitud del Ministerio Público y decretó hoy –martes 9 de noviembre- las cautelares de firma quincenal, arraigo nacional y prohibición de acercarse a la víctima para 6 efectivos del Ejército imputados por el delito de apremios ilegítimos. Ilícito que habría sido perpetrado en octubre de 2019, en la comuna de Peñalolén.
En la audiencia de formalización de cargos (causa rol 4.410–2021) la magistrada Claudia Godoy Aspee consideró como proporcionales y suficientes, en esta etapa procesal, las cautelares solicitadas por la Fiscalía, fijando -además- un plazo de investigación de 120 días.
Según el ente persecutor, el 21 de octubre de 2019, alrededor de las 23:00 horas, una patrulla de la Escuela de Telecomunicaciones del Ejército de Chile, al mando del capitán e imputado M.A.P.G. y dos patrullas en camiones, la primera de ellas a cargo de la imputada teniente K.A.N.R. e integrada por catorce personas, entre ellos los imputados sargentos 2° J.L.S.L. y J.I.S.A., además del cabo P.F.G.T.; y una segunda patrulla, a cargo del teniente E.I.P. e integrada por trece personas, entre ellos el imputado sargento 2° F.J.S.N., efectuó labores de patrullaje por diversas calles de la comuna de Peñalolén.
Al llegar a la intersección de Avda. Las Parcelas con calle Quebrada de Umallani, tripulantes de los vehículos advirtieron la presencia de la víctima, quien corría por la vía pública, momento en que el sargentos 2° J.L.S.L. disparó con su escopeta antidisturbios sin causa justificada en su contra, recibiendo este impactos de perdigones en su pierna izquierda.
La víctima, ya herida, fue seguida por tres cabos dragoneantes, entre ellos el imputado P.F.G.T., quien logró darle alcance y derribarlo, propinándole en el piso un violento puntapié en sus costillas. Luego fue trasladada hasta la intersección de Avda, Las Parcelas con calle Quebrada de Umallani, recibiendo en dicho trayecto un fuerte golpe a mano abierta en su cabeza, además de soportar reiterados insultos.
Posteriormente, ya en la intersección recién citada, la teniente K.A.N.R., en conocimiento de los disparos efectuados a la víctima y los golpes recibidos por este al momento de su detención, fuera de protocolo, no registró sus lesiones, ni lo asistió, entregando a la víctima en calidad de detenido, herido, con lesiones evidentes en su rostro y con su ropa ensangrentada al capitán M.A.P.G., quien tampoco verificó la gravedad de las lesiones de la víctima, ni lo trasladó en forma inmediata a un centro de salud para que recibiera atención médica.
Acto seguido, el mismo imputado M.A.P.G. ordenó que la víctima subiera a la segunda patrulla militar, quedando en su parte posterior herido, con sus manos amarradas atrás de su cuerpo y boca abajo, iniciando desplazamientos por diversas calles de la comuna de Peñalolén, trayecto en el cual la víctima recibió en su cuerpo y cabeza reiterados golpes de pie y puño por parte de integrantes del contingente militar.
Luego, por orden del capitán M.A.P.G., la víctima fue trasladada hasta la 43° de Comisaría de Peñalolén, entregándolo en calidad de detenido y sin dar cuenta del grave estado de salud en que se encontraba, lugar donde el personal policial –al advertir tal situación- trasladó a la víctima a un centro de salud para recibir asistencia médica.
A raíz de estos hechos, la victima resultó con múltiples lesiones y fracturas, explicables por la acción de objetos contundentes y proyectiles de armas de fuego, de pronóstico legal grave, dejando secuelas estéticas notoriamente visibles no deformantes en áreas expuestas habitualmente, en vías de curación.
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