Fue promulgada la ley 21.309 que permitirá a los afiliados activos o pensionados de una AFP que presenten una enfermedad terminal, el retiro de sus fondos como excedente de libre disposición, manteniendo los recursos necesarios para financiar: una renta temporal por 12 meses igual a la Pensión Básica Solidaria (PBS), una cuota mortuoria de 15 UF (436 mil pesos) salvo aquellos del PBS y las pensiones de sobrevivencia en el caso que el afiliado tenga beneficiarios de ésta.
Según datos entregados se estima que unas 46 mil personas padecen algún tipo de cáncer terminal hasta 2019 y esta cifra se duplica para considerar otros casos distintos al cáncer.
Cabe recordar que la Sala del Senado despachó la iniciativa en enero pasado que surgió como tema ciudadanos en la consulta por la Ley del cáncer pues «viene a aliviar una situación dramática».
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