26 de abril 2024

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Este martes, la Comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados aprobó y despachó a Sala el proyecto de ley que reajusta el ingreso mínimo mensual. La iniciativa es analizada también por su similar de Hacienda. La instancia contó con la participación de la ministra del Trabajo, Jeannette Jara.

La norma fue aprobada por unanimidad con 13 votos a favor.

Luego, se discutieron las indicaciones ingresadas y el articulado de la normativa, que se aprobó prácticamente en los mismos términos en que ingresó a tramitación.

El debate estuvo centrado en la admisibilidad de las indicaciones ingresadas, enfocadas en su mayoría a la posibilidad de otorgar subsidios estatales, a través del fortalecimiento del ingreso mínimo garantizado o de otras fórmulas que buscan fortalecer a las pymes. Estos puntos no fueron acogidos por ser inadmisibles. De hecho, solamente prosperaron indicaciones relativas a solicitudes de información.

El texto despachado será informado a la Sala por el diputado Luis Cuello (PC).

La iniciativa será vista este miércoles por la sala de la Corporación y se esperará el respectivo informe que redactará la Comisión de Hacienda.

Proyecto de ley

La propuesta del Ejecutivo considera un reajuste del ingreso mínimo mensual en dos etapas. La primera contempla aumentar el salario mínimo, a partir del 1° de mayo de 2022, a $380.000. La segunda etapa contempla aumentar el salario mínimo a $400.000 a partir del 1° de agosto de 2022.

En tanto, el subsidio base mensual que propone el proyecto será de $22.000 por mes, que se entregará a una MiPyME por cada trabajador(a) dependiente contratado(a) que perciba un ingreso mínimo mensual, entre mayo de 2022 y abril 2023.

El proyecto establece también un aporte mensual compensatorio del aumento del valor de la Canasta Básica de Alimentos. Este se otorgará a los(as) causantes del Sistema Único de Prestaciones Familiares del decreto con fuerza de ley Nº 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, y los(as) causantes del subsidio familiar regulado en la ley N° 18.020. Se pagará entre mayo y diciembre de 2022. Su monto será definido por el Ministerio de Hacienda el mes anterior, basado en la diferencia del valor nominal de la Canasta Básica de Alimentos informado por el Ministerio de Desarrollo Social.

De manera excepcional, se establece que en el mes de mayo de 2022 se pagará este aporte a los(as) beneficiarios(as) de la asignación familiar y maternal y del subsidio familiar, a excepción de aquellas beneficiarias que ya tengan derecho al beneficio por ellas mismas, en su condición de madres de menores que vivan a sus expensas por los cuales perciban subsidio familiar.