La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó tres multas por un total de 300 UTM ($15,6 millones aproximadamente) aplicadas por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones contra Entel Telefonía Local SA por no cumplir con la obligación legal de consignar explícitamente en las boletas electrónicas información relativa a la fecha de corte de servicio en caso de no pago, entre otras infracciones.
En fallo unánime, la Novena Sala del tribunal de alzada confirmó la sanciones aplicada a la concesionaria, según lo indica la sentencia «por no cumplir con su obligación de consignar explícitamente en las boletas electrónicas materia del proceso, información relativa a la fecha de corte de servicio en caso de no pago, ni medios de acceso para obtener información sobre el detalle de la cuenta y los mecanismos y lugares habilitados para su pago; tampoco mecanismos para la interposición de reclamos y para consultar sobre la tramitación de los mismos y los plazos asociados al procedimiento de reclamos; y, por no difundir los diferentes medios y horarios de atención para recibir los reclamos, detallando las direcciones y números telefónicos o niveles de acceso respectivos».
La Ministra de Transportes dispuso aplicar a la empresa reclamante una multa de 0,25 Unidades Tributarias Mensuales, por cada día que se deje transcurrir sin dar cumplimiento a la información exigida.
Explica el fallo que antes que una sanción propiamente dicha, la multa diaria que se examina tiene una naturaleza coercitiva, cuya finalidad no es castigar o reprimir la conducta reprochada, sino que busca compeler al administrado para que la adecue al ordenamiento que le rige.
Las multas que tendrá que pagar Entel serán a beneficio fiscal.
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