El ministro del Trabajo y Previsión Social, Patricio Melero, anunció la entrada en vigencia de la ley de protección para el empleo presencial, normativa que, entre otras medidas, establece un seguro de salud y de vida obligatorio para enfermedades relacionadas al Covid-19.
De esta manera, los empleadores están obligados a contratar anualmente un Seguro Individual Obligatorio de Salud asociado a la enfermedad para sus trabajadores con contrato de trabajo que desempeñen labores presenciales o semipresenciales.
Este seguro financiará o reembolsará los gastos de hospitalización y rehabilitación en Fonasa o en Isapres, además de contemplar una indemnización en caso de fallecimiento de 180 UF.
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Por otro lado, la ley también elimina el período de carencia en licencias médicas por Covid-19, con lo que los primeros tres días de licencias inferiores a 11 días sí se pagarán, contrario a lo que ocurre con enfermedades y accidentes comunes.
El ministro Melero destacó que «con este nuevo seguro y las medidas adicionales que estamos incluyendo en esta normativa, damos un paso más extenso y seguro en la protección los trabajadores frente al Covid-19 en su retorno al trabajo».
«En un contexto donde la salud de todos es la principal motivación para trabajar unidos, tanto el Estado como las empresas deben trabajar en conjunto para cumplir con la responsabilidad de proteger a quienes son el principal motor de un país: sus trabajadores», agregó.





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