Por cinco años más se congeló el parque vehicular de taxis básicos, ejecutivos, de turismo y colectivos del país del Registro Nacional de Servicio de Transporte de Pasajeros (RNSTP). Esto, luego de que el Congreso aprobara una ley que prorroga la vigencia de las legislaciones anteriores y que una de sus finalidades es no generar una sobreoferta de servicios de transporte de pasajeros prestados en las distintas modalidades.
“El congelamiento del parque de taxis es una norma que existe desde 1998, periodo en que se promulgó la primera ley de esta materia y que se ha prorrogado en cuatro ocasiones anteriormente. Esto, porque es fundamental no generar una sobreoferta del servicio de transporte de pasajeros prestado en las distintas modalidades, además de aportar en el cuidado del medio ambiente y en una menor congestión vehicular”, explicó el Subsecretario de Transportes, José Luis Domínguez.
Actualmente, el parque de taxis es de 101.608 vehículos, divididos en 33.135 básicos, 5.618 ejecutivos, 3.266 de turismo, 51.516 colectivos urbanos y 8.073 colectivos rurales, el cual regirá hasta el 2025. No obstante, en el año 2010 se estableció la posibilidad de que ingresaran nuevos vehículos al RNSTP a través de concursos, norma que continuará vigente por cinco años más.
Lo anterior quiere decir que, de los taxis básicos, ejecutivos y de turismo, pueden ingresar un 20% del actual parque vehicular hasta el 2025, los que deberán cumplir con los criterios reglamentarios para autorizar dicha incorporación al Registro, como licencia de conducir profesional y antigüedad del vehículo. Por su parte, el parque para colectivos podrá crecer en máximo un 4% y también tendrán que cumplir con los criterios reglamentarios del Ministerio.
Dentro de estos concursos, también se entrega prioridad o se realizan postulaciones diferenciadas en caso de personas con discapacidad o su apoderado (a), personas de pueblos originarios, o quienes postulen con un vehículo eléctrico.
Por otra parte, en el año 2015 se dispuso que los taxis inscritos en el Registro pueden efectuar reemplazos, normativa que también continuará vigente hasta 2025. Lo anterior quiere decir que quienes inscriban un vehículo que nunca ha tenido la condición de taxi en el RNSTP, podrán hacerlo sólo ocupando el de otro automóvil que se encontraba inscrito, pero que, por diversos motivos, incluida su antigüedad, se cancela de dicho Registro y pasa a ser vehículo particular.
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