Este martes, la Fiscal Regional de Valparaiso, Claudia Perivancich, explicó la decisión de no perseverar la investigación contra 34 indagados en el Caso SQM, entre los que se encuentra el exministro del Interior, Rodrigo Peñailillo.
«Respecto de en esas personas no existió una acción específica de parte del Servicio de Impuestos Internos (SII) en torno a denunciar o querellarse en su contra respecto de la comisión de delitos tributarios», indicó.
La fiscal explicó que «nuestro sistema obliga a que el inicio de la acción en cualquier investigación penal respecto de la comisión de delitos tributarios tenga como punto de partida una denuncia o una querella de SII».
«No existiendo aquella no es posible en definitiva una acusación en contra de estas personas, y por otro lado, nosotros no podemos mantener permanentemente vigentes las investigaciones de modo tal que se comunica esa decisión al tribunal es decir: no tenemos antecedentes suficientes para seguir adelante respecto de estas personas», explicó.
Perivancich detalló que esta decisión no es lo mismo que un sobreseimiento definitivo «porque el sobreseimiento, independiente de sus causales, supone que se establezca que no hay comisión de delito alguno o que no hay participación del sujeto, etc.»
En ese sentido señaló que el no prosperar con la investigación, no significa que no cometieron delitos:
Se trata de un requisito de procesabilidad el que exista esa denuncia o querella por parte del SII en el caso de los delitos tributarios.
La fiscal señaló también que no es la única que considera que «no deben existir situaciones de esta naturaleza, en definitiva hay otro órgano que no tiene relación con la investigación penal, al que no le está encargada esa función y que sin embargo tiene que tomar esa decisión que es discrecional: presento o no presento denuncia».
También aclaró que «en esta investigación instamos porque el Tribunal Constitucional declarase que precisamente la norma que establece este rol del SII se declarara inconstitucional, desafortunadamente el tribunal estimo que no había suficiente fundamento para arribar a esta decisión».
Finalmente, señaló que este juicio no ha terminado y que esta no es la única arista. “El gerente general de la empresa SQM, Patricio Contesse y el señor Juan Pablo Longueira se les imputa respectivamente los delitos de soborno y cohecho”, sostuvo.
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