19 de abril 2024

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La Fiscalía Oriente justificó su decisión de no perseverar en causa por delito sexual contra una niña de 6 años por parte de su medio hermano, ambos hijos de un conocido abogado de la capital, socio del estudio jurídico “Guerrero Olivos”. 

El caso fue dado a conocer por El Mostrador y tiene entre sus antecedentes un vínculo con otro caso por abuso sexual que quedó en impunidad, el iniciado en contra Juan Cristóbal Said Amunátegui, heredero del  “Grupo Said” que fue denunciado por el delito de violación pero que quedó libre sin siquiera llegar a juicio luego que la Fiscalía recalificara el delito como «abuso», renunciara a los plazos de investigación y propusiera el fin condicional del proceso en la misma jornada de formalización, la que se realizó a dos años de realizada la denuncia.

¿El vínculo con este nuevo caso? el querellado es primo hermano de Said Amunátegui y al igual que él, tampoco debió enfrentar la justicia.

La querella es por el delito de abuso sexual reiterado, los que habrían ocurrido cuando víctima y victimario se encontraban en la casa de su padre debido al régimen de visitas. Los hechos fueron alertados cuando la niña comenzó a llorar intensamente en su colegio, instancia donde terminó contando que su hermano mayor le tocaba sus partes íntimas, las que identificó explícitamente en el relato.

El fiscal encargado de la causa penal fue el fiscal de Delitos Sexuales de la Fiscalía de Las Condes, Felipe Cembrano, mismo persecutor a cargo de la causa contra el heredero del grupo Said. Asimismo, los abogados defensores del imputado también se repitieron. Estos son Hugo Rivera y Sergio Bunger. 

Tras la presión de la Defensoría de la Niñez ante la inactividad de Fiscalía ante la causa, el 23 de octubre de 2020 se formalizó al querellado por abuso sexual reiterado en grado de consumado. En la instancia el fiscal Cembrano afirma tener antecedentes para justificar la existencia del delito. A su vez, la jueza de garantía rechaza sobreseer la causa dado los antecedentes.

El plazo de investigación decretado fue d 60 días. Transcurrido el plazo, Fiscalía comunica su decisión de no perseverar en la causa, ya que “durante la investigación realizada no se han reunido antecedentes suficientes para fundar una acusación, (por lo que) esta Fiscalía (…) ha decidido no perseverar en este procedimiento”. 

Explicación de Fiscalía

A través de Twitter, la Fiscalía Oriente sostuvo que «Cuando la Fiscalía decide no persevera en una causa es porque tras su análisis estima que no existen antecedentes suficientes como para sostener la acusación en juicio .Siempre la Fiscalía, caso a caso, hace un ejercicio de ponderación,destinado a evaluar al momento de cerrar la investigación si hay o no elementos suficientes y eso se hizo en este caso, como en todos».

Asimismo, detallan que «La formalización se concretó el 23 de octubre de 2020. La defensa solicito el sobreseimiento,a lo que la Fiscalía se opuso.

«Tras cumplirse el plazo de investigación se amplió el plazo de investigación por 45 días a la espera de peritaje del Cavas. En el informe se indica ‘No se puede descartar ni validar sus dichos’«, agregaron.

También indicaron que «tras el cierre de la investigación, ni la defensa ni querellante solicitaron reapertura de la indagatoria».

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Para mejor comprensión de los hechos precisamos que:

 

  • La formalización se concretó el 23 de octubre de 2020. La defensa solicito el sobreseimiento,a lo que la Fiscalía se
  • Se decretó la prohibición de acercamiento del

imputado a la víctima.

  • Tras cumplirse el plazo de investigación se amplió el plazo de investigación por 45 días a la espera de

peritaje del Cavas. En el informe se indica «No se puede descartar ni validar sus dichos».

  • Tras el cierre de la investigación,nila defensa ni

querellante solicitaron reapertura de la indagatoria.