23 de noviembre 2024

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Luego de una reunión de más de 6 horas entre el Ministerio de Hacienda, del Trabajo y la Central Unitaria de Trabajadores, finalmente las partes llegaron a un acuerdo para los proyectos de reajuste del sueldo mínimo junto a la solicitud de la multi sindical por medidas contra la presión inflacionaria en los productos que conformen una canasta básica de alimentos y las materias en relación a un trabajo decente.

Respecto al salario mínimo, se acordó un reajuste del ingreso mínimo mensual para los trabajadores mayores de 18 años y hasta de 65 años, de $50 mil durante el año 2022, el que se pagará de la siguiente forma:

  1. A contar del 1 de mayo de 2022, se incrementará el ingreso mínimo mensual a $380 mil
  2. A contar del 1 de agosto de 2022, éste se incrementará hasta $400 mil.

El ingreso mínimo mensual para menores de 18 años y mayores de 65 años, así como el ingreso mínimo mensual para efectos no remuneracionales se reajustarán en las mismas proporciones y fechas.

Junto con lo anterior, también fue acordado un mecanismo que, si dado el escenario en que la inflación acumulada en 12 meses a diciembre de 2022 supere el 7%, el Ingreso Mínimo Mensual se incrementará a $410 mil a partir de enero de 2023.

En esta misma línea, se incrementarán en la misma proporción y fechas el Subsidio Único Familiar y la Asignación Familiar, esta última de acuerdo a los valores y tramos vigentes, cuyos límites se ajustarán igualmente.

Los acuerdos también alcanzan a las pymes.  El Estado otorgará una compensación transitoria a las micro, pequeñas y medianas empresas destinada a graduar la absorción del incremento real del ingreso mínimo mensual.

MEDIDAS ECONÓMICAS

A cuanto a resguardar el poder adquisitivo, respecto de una Canasta Básica de Alimentos, se implementarán las siguientes medidas:

  1. Establecer un Observatorio del Valor al Público de la canasta básica de alimentos, el que será implementado por el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC), el que reportará públicamente al Consejo Superior Laboral. En caso de detectarse anomalías en el comportamiento de estos precios, éstas serán informadas a la Fiscalía Nacional Económica o al organismo que corresponda.
  2. Establecer un beneficio compensatorio respecto al aumento del valor de la Canasta Básica de Alimentos, que se calculará mensualmente con base en la variación del valor nominal de dicha canasta en los 12 meses previos. Este beneficio se otorgará por causante de Asignación Familiar o SUF y se pagará conjuntamente con éstos entre mayo y diciembre de 2022. El primer pago incluirá excepcionalmente un mes adicional por trabajador con carga. 
  3. Para este efecto se considerará la Canasta Básica de Alimentos calculada por el Ministerio de Desarrollo Social.

PROMOCIÓN DEL TRABAJO DECENTE

Se avanzará con un proyecto de ley que flexibiliza los requisitos de ingreso al Seguro de Desempleo e incrementa el monto de sus prestaciones. Además se creará una mesa técnica de trabajo con todos los actores involucrados en la rebaja de la jornada de trabajo a 40 horas, para considerar su diseño y gradualidad. Además, durante el año 2023, se enviará al Congreso un proyecto de ley que modifica las normas sobre el derecho colectivo del trabajo, particularmente en lo referido al ámbito y nivel de la negociación colectiva.

Finalmente, como forma de avanzar en espacios libres de acoso y violencia de género, incluyendo al mundo laboral, se acordó proponer la ratificación del Convenio 190 de la OIT (C190).