24 de noviembre 2024

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El Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) presentó ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso un recurso de protección donde le pide al tribunal instruir a los ministerios de Medio Ambiente y de Salud, a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), a la Oficina Nacional de Emergencias (ONEMI) y a ocho industrias de la zona que dispongan medidas por la responsabilidad que les cabría en la vulneración de los derechos a la integridad física y psíquica, y a vivir en un medio ambiente libre de contaminación de quienes habitan en la zona de Quintero y Puchuncaví. 

La acción del Instituto se debe a que durante seis días del pasado mes de junio (6, 8, 14, 15, 16 y 22) estudiantes y habitantes de ambas comunas de la Región de Valparaíso resultaron, de nuevo, afectados por una emergencia ambiental y sanitaria debido a diversos episodios de contaminación. Ésta tendría su origen en el parque industrial de la zona, donde operan 17 empresas. Entre ellas existen refinerías de petróleo, fundiciones de cobre y centrales de generación de energía eléctrica. 

La directora del INDH, Consuelo Contreras, calificó como grave la situación, porque se reiteran en el tiempo episodios de contaminación que “impiden a los habitantes de las comunas de Quintero y Puchuncaví, entre ellos niños, niñas, mujeres y ancianos, a gozar de sus derechos a vivir en un medio ambiente libre de contaminación y a la integridad física y psíquica”.  

Además, Contreras insistió en que “tal como lo ha señalado el INDH en su Mapa de conflictos socio ambientales, la situación que aflige a los residentes de esta zona se encuentra catastrada desde 2012, hace una década, lo que demuestra la incapacidad estatal de hacerse cargo de la problemática”. 

Los más recientes episodios dejaron a 317 personas (principalmente niños, niñas, adolescentes y adultos mayores) intoxicados por inhalación. A causa de esto tuvieron que ser derivados a distintos dispositivos de salud de la región, lo que además causó la suspensión de las clases en la zona. La SMA identificó algunas de las sustancias tóxicas que afectaría a las personas. Entre ellas, el dióxido de azufre y compuestos orgánicos volátiles. Por eso, ordenó medidas provisionales pre procedimentales contra ocho industrias: Codelco, Aes Andes, Planta Gasmar Quintero, Terminal de Asfaltos y Combustibles Enex, Terminal Marítimo de Quintero Copec, Terminal Marítimo de ENAP, Terminal Marítimo GNL Quintero y Terminal Marítimo Oxiquim.  

Según el INDH, esto permite establecer que, en los seis episodios recientes de contaminación del aire, la falta de información clara y precisa de su origen y cómo afecta a la población de Quintero y Puchuncaví se deben a omisiones de las obligaciones de las autoridades recurridas para prevenir situaciones. Dichas omisiones privan, perturban y amenazan los derechos a la integridad física y psíquica de las personas que habitan en el lugar, así como el derecho a un medio ambiente libre de contaminación. Ambos derechos están consagrados en el artículo 19, numerales 1 y 8 respectivamente, de la Constitución. 

Entre otras medidas, el INDH solicita al Ministerio del Medio Ambiente que ordene la revisión de las normas de calidad ambiental primarias y secundarias vigentes dentro del plazo establecido en la norma; se ordene la elaboración de instrumentos de gestión ambiental (normas de calidad) que definan estándares ambientales para la protección, recuperación y remediación de suelos contaminados; se ordene la implementación del seguimiento al Plan de Prevención y Descontaminación de Quintero – Puchuncaví.