23 de noviembre 2024

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Desde el Ministerio de Salud salieron a aclarar la circular donde señalaban que  trabajadores podían «optar por continuar trabajando a distancia», en vez de presentar licencias médicas por razones asociadas al Covid.

Se trata de una circular firmada por la subsecretaria de Salud, Paula Daza, con fecha 19 de marzo que establece que «los trabajadores que han sido catalogadas por la Autoridad Sanitaria como contacto estrecho, pueden de común acuerdo con su  empleador, optar por continuar trabajando a distancia, sin la necesidad de requerir licencia médica«.

En un comunicado, señalaron que «el ordinario B10 N°1047 emitido por la Subsecretaría de Salud Pública el pasado 19 de marzo de 2021 no vulnera el derecho legal a subsidio de incapacidad laboral de los trabajadores».

«Una persona al ser considerada un caso confirmado con COVID-19, caso probable, sospechoso o contacto estrecho tiene por ley el derecho de hacer uso de una licencia médica durante su periodo de aislamiento obligatorio. Pese a lo anterior, los trabajadores que no presentan síntomas, podrán no hacer uso del derecho a licencia médica, teniendo la opción de continuar la realización de sus funciones en forma remota, durante su aislamiento obligatorio, siempre que la naturaleza de éstas lo permitan y siempre siendo el trabajador el que toma la decisión» explican también.

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En la aclaración señalan además que «Las personas que no presentan síntomas tienen la obligación de aislarse en el contexto de la estrategia de salud pública para contener los contagios, ya que estas personas contagian a pesar de no tener síntomas. Por esto, es muy importante que se cumpla el debido aislamiento determinado por la autoridad sanitaria».

Por ultimo añadieron que «es importante aclarar que un trabajador que sea considerado caso confirmado con COVID-19, caso probable, sospechoso o contacto estrecho, y que decida no hacer uso de la licencia médica para seguir trabajando de forma remota, mantiene en todo momento su derecho a solicitarla en caso que lo requiera».