23 de abril 2024

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Este jueves el senador y querellante en la investigación por muertes COVID-19, Alejandro Navarro (PRO), solicitó a la Corte Suprema dejar sin efecto la petición realizada por el ministro de Salud, Enrique Paris, que apela a desechar el fallo del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, que definió el mecanismo para la entrega de correos a la Fiscalía por parte del Minsal.

En un escrito ingresado esta jornada, el parlamentario respondió al titular de Salud quien señaló que entregarían los correos “cuando los pidan con claridad”, argumentando que Paris, “interpreta a su manera un fallo que es claro, y hace un ejercicio hermenéutico que exagera el valor de la literalidad, de la sentencia de la Corte del 15 de octubre”.

Para Navarro, la resolución del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, hizo primar “el interés superior que representa la seguridad nacional como límite a las medidas intrusivas ordenadas por la Fiscalía y que han sido resistidas por el actual ministro, pero también ha tenido en consideración el contexto del ordenamiento jurídico en el cual toda resolución judicial debe encontrar fundamento, aplicando los principios de responsabilidad, efectividad y objetividad que gobiernan la persecución penal”

Según la presentación, la solicitud del Fiscal Armendáriz dejó en claro que sin la incautación de correos, “el caso carecería de objeto, es decir, de prueba alguna, y por lo tanto sin tales comunicaciones privadas se garantizaría la impunidad de los querellados y de todos aquellos quienes resulten responsables. Es un mecanismo ajustado a derecho”.

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“La entrega de los correos y su selección de acuerdo a los criterios establecidos por la Excelentísima Corte Suprema no puede quedar al mero arbitrio del señor Ministro de Salud (…) el Juez de Garantía es uno que permite el cotejo de los mails entregados, pero jamás dará lugar al acceso indiscriminado que refiere o sugiere el Ministro al oponerse a la medida”, recalcó en la solicitud.

Por ello, la defensa del parlamentario insistió en que la solicitud del ministro Paris “parece que no se ajusta a derecho en la remisión al artículo 240 del Código de Procedimiento Civil, toda vez que esta norma se refiere a la ejecución de las sentencias”, por lo que piden a la Corte “corregir lo que el Ministro cree que es una resolución que le perjudica, pues para ello hay otros mecanismos legales, recursos, pero al invocar el articulo 240 del CPC, ha pedido mal, y su solicitud debe ser desechada, no solo por razones de fondo, sino que procesalmente, por no usar la vía idónea de impugnación”.