El Presidente de la República, Sebastián Piñera, encabezó este lunes la promulgación de la Ley que extiende el Postnatal parental por 3 meses producto de la pandemia.
¿Quiénes pueden acceder a este beneficio?
• Trabajadores dependientes: Se modifica el artículo 4° de la ley N° 21.247 estableciendo que podrán suspender unilateralmente sus contratos de trabajo aquellos trabajadores que hayan hecho uso de una o más licencias médicas preventivas parentales. En caso de cumplir con dichos requisitos tendrán derecho a percibir por hasta tres meses una prestación mensual equivalente al 100% de la licencia médica parental preventiva, siempre que esta sea igual o inferior a un $1 millón. A su vez, para aquellos trabajadores que hayan recibido un monto superior a $1 millón, podrán recibir un 70% de la licencia médica parental preventiva o $1 millón, dependiendo del monto que resulte mayor.
• Trabajadores independientes: Tendrán derecho a un bono de cargo fiscal, por hasta tres meses, equivalente al 100% de la licencia médica parental preventiva, siempre que esta sea igual o inferior a un millón de pesos, o de 70% de la licencia médica parental preventiva o un millón de pesos, dependiendo del monto que resulte mayor.
• El bono debe solicitarse ante el Instituto de Previsión Social y la Superintendencia de Seguridad Social será la entidad encargada de fiscalizar el otorgamiento, pudiendo dictar una norma de carácter general.
[irp posts=»26362″ name=»Por unanimidad: Cámara de Diputados despachó a ley extensión del post natal de emergencia»]
• Funcionarios Públicos: Los funcionarios públicos (administración pública, servicios semifiscales, administración autónoma, municipalidades, y todos los establecimientos, cooperativas o empresas industriales, extractivas, agrícolas, o comerciales sean de propiedad fiscal, semifiscal, administración autónoma o independiente, municipal o particular o perteneciente a una corporación de derecho público o privado), tendrán derecho a un permiso sin goce de remuneración por hasta tres meses, en el cual recibirán un bono mensual con cargo a la respectiva entidad, equivalente al 100% de la licencia médica parental preventiva, siempre que esta sea igual o inferior a $1 millón, o de 70% de la licencia médica parental preventiva o $1 millón, dependiendo del monto que resulte mayor. Las cotizaciones previsionales serán de cargo de la entidad empleadora. El pago del beneficio debe ser solicitado ante la entidad empleadora.
• Según información de la Superintendencia de Seguridad Social al 30 de abril de 2021, quienes habían hecho uso de la licencia médica preventiva parental se dividen de la siguiente forma:
1. Trabajadores y trabajadoras dependientes: 61.000
2. Funcionarias y funcionarios públicos: 15.800
3. Trabajadores y trabajadoras independientes: 2.400
SIGUE LEYENDO
Presidente del Senado pide ofensiva política del Gobierno por castigo comercial de Trump
Lagomarsino denuncia que rack de comunicaciones del fono 131 se encuentra en peligro tras derrumbe de techo
Fotógrafo de LUN, Moises Muñoz, recibe premio “Fidel Oyarzo” a la trayectoria del periodismo legislativo