18 de mayo 2024

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Este martes la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputadas y Diputados dio inicio a la discusión en particular del proyecto de Reforma Tributaria.

En la ocasión, el ministro de Hacienda, Mario Marcel, presentó un segundo paquete de indicaciones, donde se abordan ítems como la Ley de Herencias, la ordenanza de Aduanas, Zona Franca, la Ley de Fondos de Inversiones y se establece una nueva Ley de Créditos Tributarios para empresas que desarrollen inversiones que promuevan nuevas tecnologías y/o la descarbonización de la matriz productiva.

Marcel destacó que ha sido un comienzo «muy alentador», puesto que después de la derecha rechazó en general el proyecto, el ministro tras la sesión valoró que «nos han planteado una disposición muy constructiva en esta discusión».

Además, recalcó que «las 28 indicaciones del Ejecutivo contenidas en unas 90 páginas de extensión reflejan la flexibilidad del Ejecutivo al modificar el proyecto original, que constaba de 240 páginas».

Frente a las consultas críticas de la oposición sobre la creación de un impuesto al patrimonio, el Ministro respondió que cuando se analiza la liquidez disponible para pagar «es interesante hacer el paralelo con lo más parecido que tiene la clase media que son las contribuciones. Una persona debe pagar impuesto territorial independiente si durante el año le fue bien o mal. Pensar que quien tiene un patrimonio superior a US$ 5 millones, no tendrá plata para pagar el impuesto es injusto con el contribuyente de clase media que está obligado a pagar igual».

Una de las primeras indicaciones presentadas se trata de la anunciada dentro del Plan Invirtamos en Chile, la nueva Ley de Créditos Tributarios que establece un beneficio imputable al impuesto de primera categoría. De esta forma, podrán optar tanto las empresas que desarrollen proyectos de inversión productiva promoviendo la transferencia y desarrollo de nuevas tecnologías como aquellas que busquen descarbonizar su matriz productiva.

Esta indicación precisa la forma en que se adjudicarán los proyectos. Serán definidos por un Comité Asesor conformado por tres personas: una designada por el Ministerio de Hacienda, otra por el Ministerio de Economía a propuesta de la Corporación de Fomento de la Producción (Corfo), y la tercera por Hacienda a propuesta de la Comisión Nacional de Evaluación y Productividad (CNEP).

Además, se señala que las empresas interesadas deberán postular señalando el monto del crédito solicitado y la inversión comprometida. Para 2023, se contempla una cartera de créditos por US$500 millones para postular, mientras que en los próximos años el monto de créditos será definido en la Ley de Presupuesto respectiva.

Estos proyectos serán evaluados en forma objetiva según 4 criterios:
a) inversión apalancada que es el resultado de dividir el crédito solicitado por la inversión
comprometida;
b) efecto multiplicador sobre la economía;
c) potencial descarbonizador; y
d) potencial para absorber, adaptar y desarrollar tecnología.

Los proyectos adjudicados serán evaluados anualmente por la secretaría técnica, que estará en manos de la Subsecretaría de Hacienda, y que será conformada por cuatro personas. En caso de incumplimientos, el Comité podría revocar total o parcialmente los créditos otorgados, en cuyo caso el contribuyente deberá pagar los impuestos que corresponda.

Respecto de las modificaciones a los Fondos de Inversión, las indicaciones realizan ajustes a los registros empresariales que deberán controlar para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. Asimismo, se modifican las obligaciones para los fondos de inversión privados que invierten en capital de riesgo para que mantengan la exención de Impuestos de Primera Categoría (IDPC) reduciendo el monto de inversión en capital de riesgo del 100% al 85%. El saldo solo podrá ser invertido en instrumentos de renta fija. También se reduce el plazo de cumplimiento de estas obligaciones de 330 a 300 días, con el objetivo de evitar que algunos fondos incumplan el requisito por sus operaciones rutinarias. Por otro lado, los no residentes que sean aportantes de fondos públicos o fondos que inviertan en capital de riesgo quedarán sujetos a un impuesto del 14% o 35%, según si la utilidad pagó o no IDPC.

En otros ámbitos, se introducen modificaciones al Impuesto a la Herencia en cuanto se ajusta la norma de valoración considerando los cambios introducidos en la Ley de Impuesto a la Riqueza.

Respecto de la Zona Franca, la indicación del Ejecutivo aclara el tratamiento tributario y la forma de registrar las utilidades respecto de las que gozan de la exención del IDPC.

Mientras que en la Ordenanza de Aduanas se armonizan cambios en materia de notificaciones por correo electrónico y procedimientos judiciales.

Por último, tras esta primera sesión, la discusión en particular continuará la próxima semana.