5 de agosto 2025

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  • Superintendencia de Electricidad y Combustibles, SEC, estableció eventuales responsabilidades tras la falla y posterior ramificación que dejó a casi la totalidad del país sin energía, en aquel complejo evento ocurrido a finales de febrero de este año

La Superintendencia de Electricidad y Combustibles, SEC, formuló cargos al Consejo Directivo del Coordinador Eléctrico Nacional y a ocho empresas eléctricas de transmisión y generación, por su eventual responsabilidad en el corte masivo de energía que afectó al 98,5% de la población del país, desde las regiones de Arica hasta Los Lagos, a partir de las 15:16 horas del 25 de febrero de 2025.

La exhaustiva investigación desarrollada por la SEC determinó diversos focos de análisis para esclarecer los hechos y establecer responsabilidades.

El primer foco de la investigación, vinculado con las condiciones que originaron el mega apagón, permitió determinar que el Coordinador Eléctrico Nacional habría estado operando el sistema en condiciones inseguras, específicamente al mantener el corredor Nueva Maitencillo – Polpaico transmitiendo 1.800 MW, superando el límite de 1.600 MW definido como seguro por sus propios estudios. Esta operación expuso al Sistema Eléctrico Nacional a un riesgo elevado de inestabilidad ante contingencias, como la que finalmente ocurrió. Por ello, la SEC formuló cargos al Consejo Directivo del Coordinador, por infringir su deber de vigilancia sobre la operación del sistema.

En esta misma línea de investigación, y respecto del origen de la falla, se formularon dos cargos a la empresa INTERCHILE: el primero, por no mantener sus instalaciones en buen estado y con condiciones adecuadas de seguridad, lo que habría contribuido al inicio del evento; y el segundo, por reactivar remotamente un equipo de comunicaciones, correspondiente al esquema de protecciones de la línea 2×500 kV Nueva Maitencillo – Nueva Pan de Azúcar, sin contar con la autorización ni el conocimiento del Coordinador Eléctrico Nacional.

El segundo foco de la investigación se concentró en la propagación o ramificación de la falla, es decir, en cómo esta se extendió hasta provocar el apagón masivo. En este ámbito, la SEC formuló cargos a diversas empresas de transmisión y generación eléctrica.

En el caso de TRANSELEC, el cargo es por no contar con el Centro de Control Principal ni con el Centro de Control de Respaldo del sistema SCADA, lo que habría dificultado una adecuada supervisión y capacidad de respuesta frente a la emergencia.

ENGIE ENERGÍA enfrenta dos cargos: uno por no disponer de sistemas de supervisión y control de sus instalaciones, y otro porque sus instalaciones se habrían desconectado producto de la operación de protecciones de baja frecuencia.

Por su parte, CGE TRANSMISIÓN, ALFA TRANSMISORA y AES ANDES enfrentan cargos por no contar con los sistemas de supervisión y control requeridos para sus instalaciones, lo que habría afectado su capacidad de respuesta ante la contingencia.

Finalmente, GENERADORA METROPOLITANA y BIOENERGÍA FORESTALES fueron objeto de cargos debido a que sus instalaciones se habrían desconectado como consecuencia de la operación de protecciones de baja frecuencia, las que se habrían activado, antes de lo permitido, desconectándose y contribuyendo así al colapso del sistema eléctrico.

INVESTIGACIÓN AVANZA

La Superintendenta de la SEC, Marta Cabeza, afirmó que “la SEC ha desarrollado una investigación exhaustiva y rigurosa. Hemos llegado a un convencimiento técnico y jurídico respecto de responsabilidades, tanto del Coordinador Eléctrico Nacional como de ocho empresas integrantes del sistema de transmisión y generación. La investigación avanza, pero todavía no ha terminado”.

En este sentido, la autoridad señaló que la investigación continuará en los focos vinculados a las eventuales responsabilidades asociadas al funcionamiento del plan de recuperación del suministro eléctrico, así como a las labores de coordinación que debió ejercer el Coordinador Eléctrico Nacional para permitir una recuperación rápida y eficiente del servicio tras la ocurrencia del apagón.

Respecto de las posibles sanciones, se indicó que las empresas arriesgan multas que pueden alcanzar hasta las 10 mil Unidades Tributarias Anuales (UTA). En el caso del Consejo Directivo del Coordinador Eléctrico Nacional, cada consejero arriesga una multa de 30 UTA, las que deben ser canceladas desde su patrimonio personal, ya que dichas multas se encuentran afectas a un régimen de sanciones distinto al de las empresas.