22 de noviembre 2024

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El Servicio Nacional del Consumidor, citó a declarar al representante legal de la Clínica Vitalife para que entregue todos los antecedentes relacionados con servicios de tratamientos estéticos contratados y que no habrían sido realizados a cientos de consumidores en distintas regiones del país.

Con esta diligencia, el Servicio, además, pretende obtener respuesta a una serie de interrogantes relacionadas con las diversas falencias detectadas, por ejemplo:

  • No dar respuesta a los consumidores a través de los canales de atención de la empresa
  • No indemnizar por los perjuicios causados por dichos incumplimientos.

La empresa deberá informar las soluciones que entregará a los consumidores afectados.

Desde enero del año 2022 hasta la fecha, el SERNAC ha recibido 431 reclamos y múltiples alertas ciudadanas donde los consumidores señalan que pagaron por sus tratamientos estéticos, pero la empresa no entregó el servicio contratado, y al solicitar la devolución del dinero, no recibieron respuesta por parte de la clínica.

¿Qué implica la citación?

La Ley del Consumidor permite al SERNAC citar obligatoriamente a declarar a los representantes legales, administradores, asesores y dependientes de las empresas, con el propósito de recabar información detallada de una situación de consumo.

Si los representantes no concurren, el Servicio puede tomar las acciones que correspondan, incluso, solicitar a la justicia a través del Juzgado de Policía Local su arresto hasta su comparecencia.

«La diligencia pretende obtener información relevante de lo que está ocurriendo con los servicios no prestados por esta empresa, advirtiendo que, en caso de detectar infracciones a la Ley del Consumidor, el SERNAC puede iniciar acciones colectivas para ir en defensa de los derechos de los consumidores», declaró la Directora Regional Metropolitana del SERNAC, Constanza González.

En octubre del año 2022, el SERNAC ya denunció ante el Primer Juzgado de Policía Local de Iquique a la Clínica Vitalifepor no responder un oficio donde se solicitó información, tras ser alertado por los consumidores de eventuales problemas en sus prestaciones y ante el cierre de su sucursal ubicada en la capital de la región de Tarapacá.

En esa oportunidad, el SERNAC le solicitó a la empresa a través de un oficio toda la información relevante para conocer los eventuales inconvenientes que estaban afectando a los consumidores, las respuestas dadas a los afectados, así como sus procesos de devolución de los dineros y las respectivas compensaciones, pero la empresa no respondió al requerimiento.

Cabe señalar que la Ley establece, en su artículo 58, que las empresas están obligadas a responder al SERNAC cuando solicita antecedentes que tengan relación con Información Básica Comercial (IBC).

Sólo por esta acción la empresa arriesga multas que alcanzan las 400 UTM (alrededor de $24 millones de pesos).