A través de una circular, el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) pretende fomentar las buenas prácticas de los influencers y sus promocionales en las redes sociales.
Entre ellas, identificar de forma clara y destacada el contenido publicitario, el vínculo entre el anunciante y el influencer, no promover estereotipos, no difundir productos que puedan afectar la salud, ni resulten en publicidad engañosa, entre otros.
Para el Servicio, la responsabilidad recae en la empresa anunciante en caso de alguna infracción, es decir, a quien en cuyo beneficio se efectúa la publicidad, siempre y cuando exista algún vínculo comercial entre el proveedor y quien realiza el anuncio publicitario.
El subdirector del SERNAC, Jean Pierre Couchot, precisa que «no es lo mismo creer que un ‘influenciador’ usa un producto porque le gusta, que saber que lo usa porque una marca le paga para publicitarlo. Lo consumidores muchas veces confían en la espontaneidad del mensaje publicitario».
Además, agrega que «los consumidores tienen derecho a información veraz y oportuna, por lo tanto, la publicidad debe ser fácilmente identificable, distinguiéndose de informaciones noticiosas o acciones propias de las redes sociales».
Por último, recuerda que «la Ley del Consumidor establece también que la publicidad debe ser claramente identificable, porque un consumidor puede tomar una decisión de consumo guiándose por información incompleta o que induce a error».
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