La Corte Suprema dio a conocer el fallo que determinó rechazar la solicitud de remoción de la defensora de la Niñez, Patricia Muñoz, tras una solicitud hecha por parlamentarios de Chile Vamos.
En especifico se trata de un video que se realizó donde el jingle denominado «El llamado de la naturaleza», hacia alusión a «saltarse los torniquetes«, lo que fue considerado por los parlamentarios como una evidencia de como «la Defensora de la Niñez, violando derechos de los niños – entre ellos, a ser educados y no concientizados desde el
Estado- los impulsa a adoptar actitudes que los pueden exponer a peligros de todo tipo», explica el fallo.
En total, fueron 20 los votos en contra de la remoción y solo 1 a favor de la solicitud de la remoción de Patricia Muñoz.
Entre las razones entregadas en el fallo, señalan que «de acuerdo a lo expuesto, no se advierte en los fundamentos del capítulo que se revisa, mérito suficiente para sostener la pretensión de remover a la señora Patricia Muñoz García de su cargo de Defensora de la Niñez, ya que las expresiones que lo sustentan son propias de, como se dijera, una creación artística, a cuyos términos se pueden atribuir tantos significados posibles como interlocutores existentes»
«No aparece ningún hecho que, por sí solo o analizado en conjunto con los otros invocados, sea constitutivo de la causal de negligencia manifiesta e inexcusable en el desempeño de las funciones de la Defensora de la Niñez», explican en el fallo.
Por su parte, la defensora de la Niñez, publicó en su cuenta de Twitter que se encuentra «contenta por razonamiento que enfatiza derechos humanos de Niños, Niñas y Adolescentes, reconoce a adolescentes como sujetos de derecho y permite seguir trabajando firmemente».
Me han notificado el contundente fallo 20 de 21 ministr@s d Corte Suprema q rechazó mi remoción, contenta por razonamiento q enfatiza derechos humanos d NNA, reconoce a adolescentes como sujetos de derecho y permite seguir trabajando firmemente! Dejo algunos considerandos! pic.twitter.com/jOnqt01xeC
— Patty Muñoz García (@Pa__tty) April 30, 2021
Revisa aquí el fallo completo de la Corte Suprema
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