Una nueva arista judicial se abre en el caso de un hombre que maltrató con golpes e insultos durante al menos seis años a tres menores de edad que estaban bajo su cuidado en la ciudad de Punta Arenas.
Si bien los maltratos habrían ocurrido desde el 2007 en contra de sus hijas que hoy tienen 12 y 14 años además de su hijastro de 20, el Juzgado de Garantía local se pronunció sólo respecto a los hechos ocurridos entre el 2011 y el 2017 en su jurisdicción.
Pese a que el Juzgado de Garantía de esta ciudad lo sentenció a cumplir con una firma mensual ante Gendarmería y no poder acercarse a los afectados durante dos años, finalmente la Corte de Apelaciones magallánica desestimo un Recurso de Apelación presentado por el 21 de noviembre pasado por la madre de las menores, obligándola a “restablecer un régimen comunicacional directo o que se ordene un proceso de revinculación entre las niñas y su progenitor fijando un régimen sin pernoctación”.
Cabe recordar que el Juzgado de Familia de Punta Arenas determinó que tanto las niñas como su hermanastro, fueron víctimas de golpes de puños, pies y con una correa cuando desobedecían órdenes o discutían entre sí, constatándose daño psicológico en el ámbito de la emocionalidad.
El escrito desechado por la Corte de Apelaciones de Punta Arenas, se argumenta que el fallo inicial que acoge la petición del padre de ver a sus hijas, resta mérito probatorio a lo declarado por el hermanastro de las niñas, también víctima de agresiones aduciendo que en él ”existen valoraciones y prejuicios negativos sobre el demandante”, además“ no consideró entre los derechos ponderados de las menores, su derecho a ser oídas“ en la causa.
Sin embargo el Tribunal de Alzada magallánico desestimó los antecedentes y en su resolución del 2 de diciembre, ofició al consejo técnico del Juzgado de Familia para establecer un programa de revinculación del progenitor y sus hijas, pese a haber sido condenado a 150 días de cárcel y la prohibición de acercarse a los afectados durante dos años, sanción conmutada por la remisión condicional de la pena -reconociendo la existencia del delito, y por ende quedando sujeto al control de Gendarmería durante un año.
Veritas Capitur tomó contacto con la Defensoría de la Niñez por este caso, que implica revictimizar a las niñas maltratadas por su progenitor, pero evitaron emitir pronunciamiento, argumentando que los hechos de maltrato ocurrieron cuando la Defensoría aún no existía.
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