El juzgado de Garantía de Antofagasta resolvió excluir al partido Revolución Democrática (RD) como querellante en la causa contra la fundación Democracia Viva, esto en el marco del primer Caso Convenios.
La decisión del tribunal se fundamento en que la colectividad no cuenta con domicilio en su jurisdicción.
Al resolver la solicitud, el juez Escobar Martínez, explicó que «al no estar domiciliada en la provincia de Antofagasta, no cabe más que acoger la incidencia planteada por la parte querellante, los diputados Cristián Araya y Juan Irarrázaval, excluyendo al querellante partido político Revolución Democrática».
Asimismo, el tribunal revocó la resolución que había declarado admisible la querella presentada por la tienda política excluida, el 27 de junio recién pasado.
«No cumpliendo los requisitos que previene el artículo 111, inciso segundo del Código Procesal Penal, al no tener domicilio en la provincia de Antofagasta, se declara inadmisible la querella presentada. Exclúyase a la querellante y a sus apoderados del sistema de tramitación», ordenó.
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