25 de abril 2024

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El Pleno de la Convención aprobó este miércoles una serie de modificaciones realizadas por la Comisión de Sistemas de Justicia a artículos que en su primer paso por la asamblea fueron rechazados en general y en particular.  

Dos fueron las normas rechazadas de forma general y que fueron actualizadas con el acuerdo mayoritario de la instancia y añadidas en el informe de reemplazo, y siete las que fracasaron en particular y que se agregaron al informe de segunda propuesta. 

Entre las de reemplazo está el artículo relacionado a la inamovilidad de los jueces ,uyo debate tensionó al Poder Judicial con la Convención, al que se le eliminó la parte que señalaba que sería el Consejo de la Justicia el que tendría la facultad de remover a un magistrado. 

El nuevo texto, que obtuvo el apoyo de más de dos tercios de los convencionales establece que «las juezas y jueces son inamovibles. No pueden ser suspendidos, trasladados o removidos sino conforme a las causales y procedimientos establecidos por la Constitución y las leyes». 

La Convención prosiguió con la deliberación del informe de segunda propuesta, que incluyó la aprobación del artículo sobre pluralismo jurídico. 

La propuesta establecía originalmente que «el Sistema Nacional de Justicia coexiste, en un plano de igualdad, con los Sistemas Jurídicos Indígenas». Tras los cambios, ahora indica que «el Estado reconoce los sistemas jurídicos de los Pueblos Indígenas, los que en virtud de su derecho a la libre determinación coexisten coordinados en un plano de igualdad con el Sistema Nacional de Justicia». 

Además, consagra que «cuando se trate de personas indígenas, los tribunales y sus funcionarios deberán adoptar una perspectiva intercultural en el tratamiento y resolución de las materias de su competencia, tomando en consideración sus costumbres y tradiciones «.  

Agrega que «cuando se trate de personas indígenas, los tribunales y sus funcionarios deberán adoptar una perspectiva intercultural en el tratamiento y resolución de las materias de su competencia, tomando en consideración sus costumbres y tradiciones…»