La Corte de Apelaciones de Copiapó rechazó el recurso de reposición entablado por el Gobierno con el que buscaba que se dejase sin efecto la orden de no innovar en el recurso de protección presentado contra el proceso de licitación del litio.
El argumento del Ejecutivo señalaba que conforme a lo dispuesto en el artículos 1° del decreto con fuerza de ley N° 302, de 1960, del Ministerio de Hacienda, que aprueba las disposiciones orgánicas y reglamentarias del Ministerio de Minería, donde se indica que «tendrá a su cargo toda la intervención que realiza actualmente el Estado a través de sus diversas reparticiones en las actividades de la Minería. Le corresponderá, especialmente, la planificación y ejecución de la política de fomento y protección de las riquezas mineras nacionales, conforme a las disposiciones que imparte el Presidente de la República».
De acuerdo a lo anterior, el Ministerio de Minería declara que el proceso de licitación de litio es una de las actividades que busca fomentar la actividad minera en beneficio del Estado.
Sin embargo, la Corté ha rechazado el recurso señalando que «Atendidos los antecedentes tenidos en consideración al resolver, no ha lugar a la reposición, sin perjuicio de lo que se resuelva en su oportunidad acerca del fondo del asunto». Con esto, la tramitación para entregar cuotas de explotación del mineral continuará suspendida.
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