La Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de casación en el fondo presentado por la empresa televisiva Canal 13 SA, en contra de la sentencia que le ordenó pagar una indemnización de $25 millones por difundir en el programa «En su propia trampa», imágenes grabadas sin autorización en la casa de la demandante, en abril de 2013.
En fallo unánime, la Primera Sala del máximo tribunal desestimó el recurso por no explicitar cuáles serían los errores de derecho en que habría incurrido la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, que confirmó la de primera instancia que acogió la demanda.
La demanda se originó luego que un grupo periodístico de Canal 13 ingresara a la vivienda de la demandante junto a personal municipal de Puente Alto y a un funcionario de la fundación EDUCERE, quienes trabajan en asuntos relacionados a los problemas de los jóvenes en riesgo social, grabando sin su consentimiento la conversación que mantuvo con ellos «sobre asuntos privados y confidenciales de su relación con el hijo de su ex pareja».
Esta conversación, dice la demanda, «versó sobre los problemas con la justicia» que tenía el hijo de su expareja, en ese fecha menor de edad.
En la demanda se explica que el detalle de lo conversado se debió a la posibilidad de ayuda que podría obtener, sin saber que estaba siendo grabada, ni menos que ese material sería difundido.
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