21 de noviembre 2024

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  • El máximo tribunal declaró la acción legal como admisible por lo que deberá volver a la Corte de Apelaciones para ser tramitada. El INDH alega la omisión ilegal en la que incurrieron la Gobernación Provincial de Petorca y la Seremi de Salud al otorgar sólo 50 litros de litros de agua por habitante al día, cifra que se encuentra muy lejos de los 100 litros que la OMS establece como mínimo.
La Corte Suprema de Justicia revocó la decisión de primera instancia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso y acogió el recurso de protección presentado por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) Sede Valparaíso, por la omisión ilegal de la Gobernación Provincial de Petorca y la Secretaría Regional Ministerial de Salud, al no disponer de la cantidad suficiente de agua potable para abastecer a comunidades completas en las comunas de La Ligua, Petorca y Cabildo, lo que pone en riesgo a la población ante la pandemia de COVID-19.
El máximo tribunal declaró la acción legal como admisible por lo que deberá volver a la Corte de Apelaciones para ser tramitada.
La Sede regional de Valparaíso del INDH ingresó el viernes 22 de mayo el escrito ante la omisión ilegal en la que incurrieron la Gobernación Provincial de Petorca y la Seremi de Salud, organismos que dispusieron la entrega de 50 litros de agua potable por persona a través de camiones aljibes, cantidad insuficiente que además dificulta la implementación adecuada de las medidas de higiene y saneamiento establecidas por el Ministerio de Salud para prevenir contagios por COVID-19.
El recurso apunta directamente a la responsabilidad de los citados organismos por la “omisión ilegal de adoptar las medidas necesarias para proveer agua potable en cantidad suficiente y adecuada para abastecer a las comunidades de Petorca, Cabildo, y La Ligua, a efectos de que la población pueda ejercer las medidas de higiene y saneamiento necesarias para la prevención y contención del contagio del COVID-19, en dichos municipios, situación que vulnera derechos  constitucionales de las personas que habitan dichos territorios”.
“Dada la escasez hídrica, sumada al contexto de emergencia sanitaria producto de la pandemia por COVID-19, es que los habitantes de la provincia de Petorca que no tienen acceso a una cantidad suficiente de agua se encuentran expuestos de manera permanente a contagiarse, ya que, no pueden ejecutar todas las medidas de prevención que han sido dispuestas por la misma autoridad sanitaria, lo que refrenda lo manifestado por Naciones Unidas en el sentido que el acceso limitado al agua las hace (personas económicamente vulnerables) más propensas a infectarse”, sostiene el INDH en su escrito.
El recurso de protección establece además que “la infección de COVID-19 da lugar a enfermedades y medidas de aislamiento, lo que dificulta que las personas sin seguridad social sigan ganándose la vida. Así, su vulnerabilidad aumenta, lo que da lugar a un acceso aún más limitado al agua. Los gobiernos deben aplicar medidas para romper este ciclo”.
El INDH solicita a la Corte que se declare la ilegalidad de las omisiones de la gobernación y la Seremi, las que afectan la integridad física y psíquica de las personas que habitan las comunas de Petorca, Cabildo y La Ligua. Asimismo, busca que se ordene proveer a la Provincia de Petorca de agua potable en cantidad suficiente y adecuada para que la población pueda ejercer las medidas de higiene y saneamiento necesarias para la prevención y contención del contagio del COVID-19, en razón del estado de alerta sanitaria declarada por el Ministerio de Salud.
El jefe regional del INDH Valparaíso, Fernando Martínez, destacó la gran preocupación del Instituto por la grave situación que enfrentan 10 localidades que no reciben agua, y dos que reciben bajo 50 litros por persona.
De acuerdo a la información entregada por los municipios, y sin perjuicio de la información actualizada que puedan informar a S.S. Ilustrísima al tenor de este recurso, actualmente estarían recibiendo 50 litros por persona vía camión aljibe, e incluso en algunos casos cantidades inferiores, denominadas “zonas cero agua”, como en Frutillar bajo (0 litros), El Pedernal (0 litros), Los Comunes (0 litros), Las Palmas (0 litros), Padre Hurtado (0 litros), Calle Larga (0 litros), Pedegua (0 litros), Hierro viejo (40 litros), El sobrante (0 litros), Chalaco (0 litros), Valle los olmos (0 litros), La Polcura (0 litros).
A partir de la crisis hídrica, decretada en el año 2012, el Ministerio del Interior y Seguridad Pública declaró zona de catástrofe por escasez hídrica, renovándose hasta el Decreto Supremo del 20 de agosto de 2019, que declaró zona de catástrofe por 12 meses.
Para enfrentar esta situación, la población comenzó a ser abastecida de agua mediante camiones aljibes, financiados por el municipio y/o la Gobernación local, y hasta 2016, se entregaban 100 litros diarios por persona.
El conflicto socioambiental de escasez hídrica en la provincia de Petorca ha sido documentado por INDH en dos misiones de observación en la zona. La primera misión, realizada en 2014, fue efectuada a partir de una denuncia recibida desde la sociedad civil, e implicó que INDH acudiera a la zona para tomar conocimiento directo de los hechos, oportunidad en donde recordó que “el acceso al agua potable es un derecho humano que con independencia de los diseños normativos que se provean, debe ser reconocido, respetado y garantizado por el Estado”.
En diciembre de 2018, el INDH actualizó la misión de observación en la zona, y confirmó que la situación se ha agudizado, ya que mientras el número de personas que habitan la zona y que no tiene acceso al agua potable aumenta, las autoridades sólo entregan 50 litros de agua por habitante al día, cifra que se encuentra muy lejos de los 100 litros que la Organización Mundial de la Salud establece como mínimo.