Tras un segundo juicio, finalmente Alejandro Samuel Carvajal Gutiérrez, fue condenado a 5 años y 1 día por el delito de incendio consumado, con la agravante de cometer delito en ocasión de conmoción popular, por el incendio que afectó dependencias de la Universidad Pedro de Valdivia, en noviembre de 2019.
El persecutor de la Fiscalía Metropolitana Oriente, Manuel Guerra, explicó que «respecto a este fallo, nosotros estamos muy satisfechos con el resultado obtenido, ya que se condenó al imputado a la pena de 5 años y 1 día de presidio mayor en su grado mínimo como autor del delito de incendio consumado de las dependencias de la Universidad Pedro de Valdivia».
Además, agregó que «esto es relevante toda vez que significa una pena efectiva, es decir el imputado tendrá que cumplir la pena en el interior de un recinto penitenciario, lo cual además se condice con la gravedad del hecho ocurrido, con la gravedad de los actos que él ejecutó, lo cual ha quedado plenamente acreditado».
Debido a que Carvajal estuvo en prisión preventiva y se mantenía hasta hoy con arresto domiciliario, se le abonarán a la pena, un total de 327 días.
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Esta sentencia fue dictada luego de que la Corte de Apelaciones de Santiago declarará nula una condena de 3 años y un día de presidio que cumpliría en libertad vigilada.
En dicha ocasión, la Corte consideró «en los párrafos y secciones del fallo que han sido destacados precedentemente surgen antinomias que lo tornan impreciso, confuso, vacilante, a tal punto que llegan al extremo de vaciar de contenido las reflexiones ensayadas«.
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