21 de noviembre 2024

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El día 8 de agosto se publicó y entró en vigencia la ley Anticortes de servicios básicos que prohíbe cortes por no pago de las cuentas de luz, agua y gas, además permite prorratear dichas cuentas hasta en 12 cuotas sin multas y sin intereses.

En la ley se estableció de manera expresa que: “Dentro de los cinco días siguientes a la publicación de esta ley, las empresas y cooperativas proveedoras de los servicios señalados en ella, deberán establecer plataformas de atención al cliente, por internet y telefonía, que permitan formular las solicitudes para acceder a los beneficios que la presente ley establece”.

El jueves 13 de agosto era la fecha límite para que estas empresas habilitaran sus plataformas webs, pero la parlamentaria constató que en diferentes regiones del país la referencia a la ley, las normas aplicables al caso y los grupos beneficiarios de la misma no habían sido contemplados por dichas empresas y, con este actuar, los beneficios otorgados por la ley están siendo restringidos de forma consciente.

En este contexto, la diputada Joanna Pérez señaló “he oficiado al superintendente de Electricidad y Combustibles, y al superintendente de Servicios Sanitarios para que puedan fiscalizar la Ley Anticortes de servicios básicos, ya que no se está cumpliendo por parte de las empresas eléctricas, sanitarias y de gas de red, porque no aparece en las páginas webs de las empresas la información de esta ley para que puedan acceder los usuarios”.

“Yo llamo a las Superintendencias a iniciar un proceso fiscalizador y sancionatorio, creo que es muy importante porque esta ley fue hecha para las familias que lo están pasando mal en esta pandemia y tiene por objeto garantizar el servicio, pero también habilitar e informar a la comunidad”.

En los oficios presentados por la diputada Pérez se solicita iniciar un procedimiento sancionatorio contra aquellas empresas que, estando vigente la ley, restrinjan de manera arbitraria los beneficios de esta y/o no den cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 5 de dicho cuerpo legal.

Finalmente, la parlamentaria DC agregó “esta ley no es solo para el 60% más vulnerable, sino que también para las pymes, para bomberos, para organizaciones sociales sin fines de lucro y, por lo tanto, hay que dejar habilitada esta plataforma. La ley establecía que había cinco días desde el 8 de agosto para poder habilitar estas plataformas digitales en sus páginas webs y hemos constatado que algunas empresas como Frontel, Essbio, CGE y entre otras, no estarían considerando este beneficio en sus páginas webs. Por lo que hacemos un llamado a las empresas para que cumplan y a las Superintendencias para que fiscalicen e inicien procesos sancionatorios según corresponda”.