18 de mayo 2024

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Tal como lo habian anunciado durante su campaña, el Presidente Gabriel Boric firma esta jornada el Tratado de Escazú, acuerdo del que Chile fue gestor y participó de su preparación bajo el mandato de la ex Presidenta Michelle Bachelet, pero que luego el ex Jefe de Estado Sebastián Piñera decidió no suscribir. Este tratado nacido en Costa Rica, es un acuerdo que apunta a mejorar el acceso a la información, a la justicia y la participación pública en materia.

Si bien Chile participó del proceso durante los seis años de preparación y negociaciones, y tenía en agenda firmar el tratado durante la Asamblea de las Naciones Unidas que se desarrolla en Nueva York, finalmente pospuso la decisión.  

La comunicación la hizo la entonces ministra del Medio Ambiente, Carolina Schmidt quien señaló que se trató de una resolución del Ministerio de Relaciones Exteriores. La firma aquel 27 de septiembre de ese año, era esperada por las comunidades de defensa del medio ambiente, debido a que el tratado permitiría que la comunidad tuviera mayor participación en la evaluación ambiental de proyectos empresariales.  

En el acuerdo, tras una extensa ronda de negociaciones, los 24 países firmantes llegaron a un consenso sobre su redacción en la ciudad de Escazú, Costa Rica. En el documento se propone elevar los estándares con los que se resolvían los asuntos medioambientales en territorios habitados por comunidades y busca dar cobertura a tres derechos, siendo el primero el de acceder a la información. Esto incluye el derecho del público de tener acceso a la información ambiental y la obligación de las partes de mantener sistemas actualizados para entregarla, que estén disponibles de forma progresiva.  

El segundo es el de la participación pública de los procesos de toma de decisiones ambientales, que garantiza mecanismos de participación en proyectos que puedan tener impacto negativo sobre el medio ambiente. Eso incluye participación ciudadana directa y temprana, 18 meses antes de que las empresas presentes sus estudios de impacto ambiental. Por último, se consagra el acceso a la justicia ambiental, que se refiere al acceso a instancias judiciales y administrativas para impugnar y recurrir decisiones u omisiones que puedan afectar el ambiente.

Además, establece medidas de protección para los defensores medioambientales y compromete a los países a desarrollarlas. Adicionalmente, los países signatarios son supervisados por la Cepal, a quien deben emitir informes. Todo lo estipulado en el tratado sería convertido en ley vigente en Chile luego de firmar la normativa y que esta fuera ratificada por el Congreso Nacional.