Conadecus presentó una demanda colectiva en contra de Latam el 29 de mayo de 2020, la que fue declarada admisible en el 23o juzgado civil de Santiago. Con posterioridad, el día 17 de julio del 2020, el tribunal acogió la solicitud de Latam de suspender la tramitación del procedimiento debido al proceso de reorganización transfronteriza tramitado en EE.UU y, en Chile, en el 2o Juzgado Civil de Santiago.
Actualmente la causa se encuentra en apelación, con la finalidad que se revise la suspensión de su tramitación por la Corte de Apelaciones.
En forma paralela, la asociación de consumidores “Agrecu” presentó una demanda colectiva el día 12 de junio de 2020, ante el 25o juzgado civil de Santiago. Aunque la demanda de Conadecus es mucho más amplia que la de Agrecu, en términos generales refiere a hechos similares, esto es, la ausencia de devolución del precio de pasajes aéreos producto de la cancelación de vuelos durante la crisis sanitaria del Covid-19.
A diferencia de lo que ocurrió con la demanda de Conadecus, el 25o Juzgado Civil no suspendió la tramitación del procedimiento solicitada por Latam y continuó adelante con el proceso. En ese contexto, el pasado 1° de octubre se celebró la audiencia de conciliación obligatoria entre Agrecu y Latam, en la cual presentaron un acuerdo arribado previamente.
“El acuerdo al que llegaron fue tremendamente beneficioso para Latam, ya que no implica mayores sacrificios para la compañía, sino que tan solo mantiene las ofertas que ha realizado durante todo este periodo de entregar un travel voucher a los consumidores” señaló Antonio Olivares, abogado de la corporación, lo que coloca en serio riesgo la continuidad de la demanda colectiva de Conadecus.
Así, los acuerdos que se alcanzan en juicios colectivos tienen la virtud de otorgar efecto erga omnes, esto quiere decir, que afecta, beneficia, perjudica y obliga a todos los consumidores que se encuentran en la misma situación que la propuesta en la demanda. Dicho efecto podría impedir que el proceso de Conadecus con Latam continúe, ya que los consumidores afectados se verían incluidos en la conciliación de Agrecu.
Con todo, cabe señalar que Latam en ningún caso le hizo presente al Tribunal la existencia del proceso de Conadecus, ocultando esta información con la finalidad que los procesos no se acumularan y así elegir en qué tribunal litigar y con cuál contraparte avanzar. Del mismo modo, en el proceso no consta la recepción del oficio del Sernac, mediante el cual debe informar de los juicios colectivos que, por los mismo hechos, se encuentren en actual tramitación, para que así los procedimientos se acumulen evitando juicios paralelos.
Con fecha 4 de octubre del 2020, Conadecus se hizo parte en la causa de Agrecu con Latam para oponerse al acuerdo y hacer presente al tribunal la existencia del juicio previo que lleva con Latam.
Asimismo, ha hecho presente las inconsistencias en la tramitación del proceso, por ejemplo, que el acuerdo conciliatorio es más amplio que la demanda de Agrecu y que incluye peticiones de Conadecus que Agrecu no ha realizado.
Para Hernán Calderón, presidente de Conadecus, “el proceso ha sido complejo, la audiencia de conciliación entre Agrecu y Latam provocó una situación desfavorable para los consumidores, ya que no contempla las devoluciones de dinero, solo el cambio de pasaje, hacemos un llamado público para que el Tribunal revierta la conciliación, ya que los consumidores necesitan y merecen un trato justo, por lo que seguiremos buscando la mejor solución para que los consumidores sean compensados”.
Como último antecedente, la semana pasada, la jueza que aprobó la conciliación, se inhabilitó por haber adquirido previo a la presentación de la demanda pasajes con Latam mediante un intermediario. Producto de ello, Conadecus solicitó la nulidad de todas las actuaciones realizadas en el juicio.
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