26 de abril 2024

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La Comisión encargada de revisar la acusación constitucional en contra de la exministra de Justicia, Marcela Ríos, escuchó los argumentos del libelo acusatorio.

En la oportunidad, el diputado Andrés Longton (RN) se refirió a los dos capítulos que contiene el texto. Sobre el primero, que hace referencia a la responsabilidad constitucional de la exsecretaria de Estado por infringir las normas para conceder indultos, el legislador sostuvo que no se cuestiona la facultad del Presidente de la República para indultar, sino cómo esta se gestó.

Agregó que la falta de antecedentes le hizo al Primer Mandatario tomar una decisión carente. “No fue una decisión acertada ni del punto de vista político ni legal”, afirmó.

El parlamentario señaló que, en este caso, existe una ilegalidad respecto de cómo está dictado el decreto. “La ministra de Justicia tiene la obligación de asesorar al Presidente de la República (…). No solamente no lo asesoró bien, sino que incurrió en la falta de antecedentes”, resaltó el legislador.

Por otra parte, el diputado Longton hizo mención al segundo capítulo del libelo acusatorio. Este imputa a la exministra falta de control jerárquico en el otorgamiento de beneficios penitenciarios y traslado por parte de Gendarmería de Chile a ciertos presos de la macrozona sur.

En este contexto, el parlamentario aseguró que se otorgaron beneficios que no están acompañados de medidas enfocadas en la reinserción social. “Aquí, claramente, se vulneran los decretos del reglamento penitenciario (…). Lo que uno habría esperado es que la ministra tomara una medida coherente con las víctimas de la macrozona sur”, acoto.

Fundamentos

Los abogados Pablo Celedón y Pablo Urquízar fundamentaron la exposición del diputado Longton, asegurando que el punto grave es no conocer los motivos que tuvo el Presidente Gabriel Boric a la vista para ejercer la facultad de otorgar indulto. Asimismo, concordaron en que no se cuestiona la facultad del Mandatario, sino el no tener los fundamentos.

Por otro lado, manifestaron que la exministra de Justicia infringió las leyes que le obligan a ejercer un control jerárquico sobre los servicios públicos de su dependencia. Esto, referido a Gendarmería de Chile.

En ese plano, insistieron en que, además, Marcela Ríos dejó sin ejecución las leyes al no haber ejercido las funciones y atribuciones que entrega el ordenamiento jurídico para corregir los actos ilegales de gendarmería.

La instancia también escuchó la exposición de la abogada Teresita Santa Cruz, quien aseguró que los indultos adolecen de vicios de legalidad. Agregó que, en el caso del indulto a Jorge Mateluna, a la exministra no le correspondía firmar el decreto, puesto que esa es una atribución reservada al Presidente.

La personera añadió que, en este caso, se exceden las atribuciones que les confiere la propia Constitución, al regular cuándo las autoridades actúan válidamente. Esto es, previa investidura regular, dentro del ámbito de sus consecuencias y de la forma que la ley determine.

En ese sentido, Santa Cruz sostuvo que se configura una infracción adicional que, si bien podría considerarse como algo de forma, es un exceso dentro del ejercicio que la propia ley les reconoce.

La comisión, en tanto, se encuentra a la espera de recibir la contestación de la parte acusada.