22 de noviembre 2024

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Con 24 votos a favor, 8 en contra y 2 abstenciones la Sala del Senado aprobó un proyecto de acuerdo en el que se solicita al Presidente de la República tomar las medidas necesarias para declarar desierto el proceso de licitación para establecer el Instituto Chileno de Tecnologías Limpias.

Asimismo, solicitó que se instruya una completa investigación administrativa destinada a determinar la existencia de posibles irregularidades y eventuales responsables.

Según señala el texto «el procedimiento de licitación trata del destino de un porcentaje de dineros públicos, porque, en definitiva, provienen de una parte de la renta generada en el contrato arrendamiento celebrado entre CORFO y SQM para la explotación, por esta última, de las Pertenencias que CORFO posee en el Salar de Atacama. Luego, la parte del total de aquellos ingresos públicos que, según la cláusula décimo quinta del mismo contrato, deben destinarse a la Innovación + el Desarrollo (I+D), tiene el carácter de dineros públicos como lo es el total de la renta o canon convenido entre las partes».

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Agrega que «como consecuencia de lo anterior, la licitación a que llamó CORFO para gestión de los dineros destinados a I+D según la cláusula décimo quinta del Convenio  entre la Corporación Estatal y SQM, debió realizarse por un llamado cuya resolución debió someterse a la Contraloría General de la República para el trámite de toma de razón, lo que no ocurrió».

En opinión de los autores del proyecto de acuerdo «el llamado a licitación tiene un vicio de origen: CORFO lo trató como una especie de “licitación privada” y, a lo menos, sometida a dicho trámite de toma de razón, dado los montos de dineros públicos involucrados».

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Agregan que al ser tratada como un asunto privado,  «se derivó en una serie de actos irregulares de los que la Contraloría General de la República jamás tuvo noticia como, asimismo, tampoco la tuvieron los consorcios participantes en la licitación, al menos, el de las más importantes Universidades Chilenas, según lo han expresado públicamente».

Asimismo, señalan que «las bases del proceso licitatorio no fueron enviadas a toma de Razón de la Contraloría, pero sí el contrato entre Corfo y SQM, que da origen a parte de los recursos destinados al proyecto y su posterior modificación».

En uno de los considerandos del proyecto de acuerdo se indica que «el solo hecho de cambiar el objeto de la cláusula décima quinta, que es el sustento esencial del llamado a licitación, daría pie para dejar sin efecto la licitación o declararla desierta, ya que las ofertas no tienen sentido cuando se formularon con un objeto distinto a su origen que es, precisamente, el señalado en dicha cláusula».

Asimismo, señalan que «existe un conjunto de otros elementos que podrían constituir importantes vicios de legalidad al proceso como la extensión del plazo para recibir ofertas; las modificaciones de las Bases de Licitación sin la debida motivación ni toma de razón por parte de la Contraloría».