- El delantero, que fue traspasado al Cruz Azul mexicano, reclama el porcentaje que le corresponde de la venta y para ello cuenta con el apoyo del Sindicato de Futbolistas Profesionales
Por Sergio Antonio Jerez
Colo Colo siempre hace noticia, eso está claro. Aunque no siempre es por cuestiones netamente futbolísticas, ya sea por un triunfo o una derrota, la compra o la venta de algún jugador.
Justamente en estos días se ha instalado una polémica, ya que el delantero Iván Morales, que fue traspasado al Cruz Azul en febrero pasado, está reclamando el porcentaje que le corresponde de la transferencia y, al cierre de esta nota, no tenía respuesta de parte de Blanco y Negro.
“Es algo que corresponde, yo siempre he tenido la mejor disposición”, señaló el atacante de 22 años en una conversación con Doble Amarilla de Radio Touch. “Yo pedí dejar el 20% de mi pase en Colo Colo para que reciban algo en una futura venta. Pedí irme porque ellos no sabían que yo terminaba contrato, entonces si seguía los seis meses, me iba libre y Colo Colo quedaba sin nada. Siento que fui claro con ellos. Era una forma de agradecerles todo lo que hicieron por mí”.
Morales explicó que junto a su representante dialogaron con la dirigencia alba para decirles que terminaba contrato y que si no lo vendían en el momento al equipo mexicano se quedarían sin nada, ya que después podía negociar como agente libre.
“La venta no fue alta, por lo mismo dije que dejaran el 20% para que sigan recibiendo dinero en un futuro. Entonces, cuando les pides que te paguen lo que corresponde por la transferencia, que te hagan problemas no es lo que uno se espera. Ojalá se solucione pronto”, añadió.
El Sindicato de Futbolistas Profesionales, Sifup, apoyó la petición del jugador mediante un comunicado en redes sociales, pidiendo que el club haga efectivo “el pago de la indemnización del 10% contemplado en el art. 152 bis I del CT”, que por ahora se le adeuda a Morales. Agregó el organismo que “recordamos que dicho monto impago debe ir en el correspondiente finiquito, pues así lo establece el art. 177 del CT ORD. N° 3866/42, de 07.10.2013, de la Dirección del Trabajo”.
Y aclara el Sifup que “el legislador ha fijado un plazo de hasta 10 días hábiles para que el empleador otorgue el correspondiente finiquito y ponga su pago a disposición del trabajador, lo que implica que dentro de dicho término debe proceder a confeccionar tal documento, consignando en él todos los valores que corresponda pagar al trabajador a causa del término de la relación laboral, los cuales deben estar disponibles para su aceptación y recepción dentro del mismo plazo”.
Finalmente, la agrupación exigió “mayor fiscalización del ente rector frente a las exigencias legales y deudas vencidas como la expuesta. La única manera de tener una competencia justa es que todos respeten la ley, el reglamento y el fairplay financiero”.
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