20 de abril 2024

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Tras la entrada en vigencia el pasado 24 de diciembre de la Ley N° 21.398, que reformó diversas normativas, entre ellas, la Ley del Consumidor y el Código Aeronáutico, las personas cuentan con una serie de nuevos derechos al momento de viajar en avión, que incluye el resguardo en las condiciones de traslado de las mascotas.

La norma estableció que las aerolíneas deben establecer condiciones que aseguren razonablemente su seguridad y bienestar.

Además, la nueva ley indica que:

  • La aerolínea deberá tomar las medidas necesarias para que los niños menores de 14 años viajen en asientos contiguos a los de al menos un adulto de su familia o de algún adulto incluido en la misma reserva del vuelo.
  • Si un consumidor no utiliza un tramo o trayecto de ida y vuelta en un vuelo nacional, la aerolínea no podrá negar ni condicionar la utilización del resto de la fracción o tramo, si la persona se presenta oportunamente al chequeo y embarque.
  • Si un consumidor no puede embarcar un vuelo por causa de una sobreventa de pasajes, tiene derecho a que la empresa le informe por escrito sus derechos, así como las indemnizaciones que les corresponden por la denegación del embarque.
  • Los consumidores tienen derecho a cambiar un viaje o solicitar la devolución del dinero pagado, si presentan un certificado médico que contenga la razón del impedimento y el período o las fechas entre las cuales se encuentra impedido de viajar en avión. Para ello deberán dar aviso a la aerolínea antes del horario programado del vuelo y deberán presentar el certificado en el plazo de 24 horas desde el aviso.